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 miércoles, 16 de agosto de 2006  
Condenan a un ex camarista por cobrar una coima de u$s 200 mil
El dinero girado a Suiza por José Tenedini no fue un obsequio, dijo la Cámara Penal. Dos años en suspenso

En un trámite que parecía interminable, en apariencia el final llegó: el ex camarista penal rosarino José Arturo Tenedini fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y a diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Las discordancias sobre el caso, febriles desde el inicio, persistieron hasta el último día del juicio. Los jueces no se ponían de acuerdo sobre si los 200.559 dólares que recibió a pocos días de firmar un convenio, acreditados en una cuenta suiza, habían sido un regalo o una coima. Prevaleció que fue lo segundo, tal como estaban convencidos un grupo de ahorristas del Banco Río, que recibió mucho menos dinero del convenido en un acuerdo de partes, en el que Tenedini había tenido intervención.

La condena fue confirmada, en fallo dividido, por una sala penal de cinco miembros. La camarista Elena Ramón no había admitido la condena: consideró que la plata de Tenedini no era fruto de cohecho sino de una dádiva. Y al haber dádiva el caso quedaba prescripto. No obstante, su colega Ernesto Navarro opinó que Tenedini recibió una coima. A esta idea adhirieron los camaristas Rubén Jukic, Antonio Paolicelli y Guillermo Fierro. El delito no prescribió por la condición de funcionario público de Tenedini.

La resolución, de cien páginas, no implica que por su inconducta Tenedini deba resarcir a los ahorristas. El dinero recibido como retorno, según fuentes judiciales, ya le había sido decomisado.

El caso se conoció en 1992 cuando un grupo de ahorristas denunció a funcionarios del Banco Río, sucursal avenida Pellegrini, que tutelaban una mesa de dinero. En un primer juicio se dispuso que la entidad pagara millones de dólares a sus clientes. Estos, pensando que nunca cobrarían la alta suma, aceptaron un acuerdo de partes, firmado entre sus abogados y el banco, que fue homologado dos días después por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal. Aunque luego estos ahorristas pusieron el grito en el cielo: los invitaban a cobrar mucho menos dinero que el que estipulaba el convenio homologado.

Tiempo después, ante la presentación de una denuncia por parte de los clientes bancarios, un jury de enjuiciamiento lo destituyó, al considerar acreditado que el camarista Tenedini, miembro de esa sala, recibió un pago de 200.559 dólares a pocos días de firmar aquel convenio.


Compensación
Esos fondos fueron depositados por él en una cuenta a su nombre abierta en el Lloyd´s Bank de Rosario y luego girados a una agencia en Ginebra, Suiza. En marzo del año pasado, el juez de Sentencia Julio García consideró probado que esa plata era proveniente de una coima, pagada para que el camarista consintiera el acuerdo de pago que perjudicó a los ahorristas.

En el marco de ese reclamo, una orden judicial le exigió al banco que compensara en varios millones de dólares a los denunciantes. Pero los abogados de los clientes les recomendaron llegar a un acuerdo extrajudicial, alegando que el banco intentaría demorar el pago por la vía ordinaria. Así, los abogados de los demandantes y el representante del banco llegaron a un acuerdo por el cual fijaron en 2.100.000 pesos el monto de la indemnización, una suma inferior a la que podrían haber obtenido. Según quedó demostrado, lo que no sabían los clientes es que sus abogados también suscribieron un acuerdo paralelo por 1.260.000 pesos.

Ese dinero fue desembolsado por el banco, a través de su abogado, con un cheque. De acuerdo con el juez que condenó a Tenedini, parte de esa suma fue destinada a "comprar" el voto favorable al acuerdo por parte del camarista, que en ese momento integraba la sala junto a otros dos jueces. El 8 de enero de 1993 el camarista transfirió a Suiza una cuenta con 200.559 dólares provenientes del pago de la coima. Además de esa cuenta, llamada Epopeya, en la sucursal suiza del Lloyd`s Bank se detectó otra, a nombre del abogado Enrique Grassis, con el sugerente nombre de "Ilícito".

En la investigación del caso, el juez García demostró que el dinero de esa transferencia fue fruto de un acuerdo venal entre Tenedini, los abogados que representaban al banco y los de los acreedores. Por este motivo, el juez condenó al ex integrante de la Cámara Penal a dos años de prisión condicional por el delito de cohecho.

Los tres abogados que estaban acusados de pagar la coima, en cambio, fueron favorecidos por la prescripción de sus causas, pese a que estuvieron imputados de delitos como cohecho, defraudación, falsedad ideológica de documento público y estafa. Se trata de Marcelo Roselló y Enrique Grassis, quienes eran abogados de los denunciantes, y José de San Martín, el representante legal del banco.

No obstante, el fallo de primera instancia y el conocido ayer obliga civilmente a dos de ellos a pagar, en forma conjunta con el banco, una indemnización de 190 mil pesos a seis ex ahorristas, en concepto de perjuicio económico y daño moral.
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El ex camarista José Tenedini, en 1993.


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