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 miércoles, 14 de junio de 2006  
Medidas sanitarias para tatuajes en Firmat

Gustavo Orellano / La Capital

Firmat. - El Concejo Municipal de esta ciudad sancionó una ordenanza que regula el funcionamiento de locales comerciales donde se hacen tatuajes y se aplican piercings. La flamante normativa establece una serie de disposiciones en materia de higiene y seguridad sanitaria a fin de evitar posibles contagios de enfermedades como hepatitis B y C y el sida, entre otras. La medida se inscribe en el marco de la ley 2.756 que faculta en su artículo 39 a los cuerpos legislativos municipales a adoptar acciones tendientes a proteger la salud y el bienestar de la población.

Las prácticas cuestionadas tienen influencia directa sobre el organismo y sino se toman las precauciones debidas implican un riesgo sanitario para los destinatarios. Los tatuajes se realizan por medio de agujas con las que se introducen materiales colorantes en la piel, mientras que el piercings consiste en la colocación de aros u otros adornos a través de perforaciones realizadas con elementos punzantes o cortantes. En los últimos años estas técnicas se convirtieron en una suerte de moda juvenil que va en ascenso, a pesar del peligro que significan.

Por esa razón el deliberativo firmatense legisló al respecto y ahora los comercios que realizan estas actividades deberán exhibir información sobre las formas de transmisión y prevención del sida, hepatitis B y C y enfermedades de la piel. Asimismo, no podrán tatuar a menores de 18 años, excepto que cuenten con la autorización de sus padres o tutor.

La norma también prohíbe realizar tatuajes o piercings al aire libre y obliga a los locales del rubro a contar con un espacio reservado para esterilización de los elementos que utilizan, además de un botiquín de primeros auxilios, contratar a un sistema de emergencias médicas y llevar un registro de quienes se hayan sometido a tales prácticas.

Quienes realicen las prácticas tendrán que usar guardapolvo o ropa adecuada, barbijo y guantes descartables, estar vacunados contra la hepatitis B, tétano y acreditar la documentación correspondiente ante la Municipalidad, al igual que los ayudantes y auxiliares.

Los prestadores de este servicio también deberán respetar la norma que regula la disposición final de residuos patogénicos, lo que obliga contratar a una empresa para la recolección y destrucción de los desechos como hacen los hospitales y clínicas.

Las agujas que se utilicen deberán ser descartables y la tinta para los tatuajes hipoalergénicas. Quienes infrinjan las disposiciones serán pasibles de sanciones que van desde 150 a 350 pesos, y los locales que ya están en funcionamiento tendrán un plazo de 30 días para acogerse a la normativa vigente.
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