|
domingo,
06 de
noviembre de
2005 |
Bajan la pena a una mujer que mató al hombre que la manoseó
Adujo que sacó un arma para asustar al vecino que le tocó los glúteos y el tiro se escapó. Un juez dictó condena
a diez años por asesinato. Pero la Cámara Penal la redujo a cuatro: dijo que no hay elementos para dudar de ella
María Laura Cicerchia / La Capital
"El me tocó la cola. Cuando me di vuelta me tocó el pecho izquierdo. Yo llevaba un revólver en la cintura y lo saqué para que me dejara de molestar", narró Marta Oroná al entregarse en una comisaría, hace más de dos años, porque había matado a un vecino de un disparo a la cabeza. Fue condenada en abril y todo hacía prever que iba a pasar más de una década en la cárcel. Pero ahora otros tres jueces respaldaron su versión al no encontrar elementos para dudar de su palabra. Y calificaron su reacción como un acto de legítima defensa "excesiva", por haberse defendido de un simple manoseo con un arma que, según ella, se disparó accidentalmente.
Con ese encuadre legal, tres jueces de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones redujeron a cuatro años la condena que deberá cumplir Marta Haydeé Oroná, de 35 años, por el crimen de su vecino Ramón Barrios. El homicidio ocurrió el 8 de agosto de 2002 en la puerta de la casa de la víctima. Fue algo que, de acuerdo con la imputada, se desencadenó porque el hombre fallecido le tocó la cola cuando ella pasaba caminando por el lugar.
Con ese dictamen, los camaristas dejaron sin efecto la condena a diez años y ocho meses de prisión que le había impuesto a la mujer un juez de baja instancia. El titular del juzgado de Sentencia 3, Luis Giraudo, había condenado a la mujer en abril pasado. En ese fallo, consideró la reacción de Oroná como un homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Pero la condena fue apelada y los camaristas hicieron otra lectura de los hechos. Dijeron que las pruebas no alcanzan para suponer que la acusada miente cuando dice que se asustó al sufrir una ofensa sexual, sacó el arma para defenderse y en el forcejeo se escapó un tiro.
"Yo sólo lo quise asustar. En ningún momento tuve la intención de dispararle", insistió la mujer cada vez que declaró. Dos versiones opuestas estuvieron en tensión mientras se investigó el crimen. Por un lado, la imputada reconoció haber tirado de modo accidental. Por otro, los familiares del muerto atribuyeron el ataque a una vieja rivalidad que separaba a la familia Barrios del marido de Oroná.
En efecto, un año y ocho meses antes del homicidio, en una pelea, Barrios había cortado en la cabeza y en un brazo al concubino de Oroná, a quien le dicen el loco Vila. "Cada dos por tres mi marido me decía que le llegaban comentarios de que el loco Vila lo iba a hacer boleta", dijo la esposa de Barrios tras el crimen.
El homicidio ocurrió a las 21 frente a la casa de Julio Argentino Roca 246 de Villa Gobernador Gálvez. Barrios estaba sentado en la vereda de su vivienda. En ese momento Marta Oroná se acercó caminando. Llevaba con ella a los hijos de su marido, un nene de 6 y una nena de 7 años, que habían pasado el fin de semana con el papá. Ella los llevaba de regreso con la madre cuando, al pasar frente a Barrios, alguna chispa encendió la mecha.
La mujer dice que el histórico rival de su marido le tocó la cola frente a los chicos. Que ella se dio vuelta y entonces Barrios insistió: le acarició el seno izquierdo. La mujer llevaba encima un revólver que le había prestado su suegra "para defenderse con un tiro al aire" en caso de sufrir algún ataque. Oroná creyó que era una oportunidad para poner en práctica esas enseñanzas y sacó el arma, un revólver calibre 22 corto marca Pasper Bagual. Pero en el forcejeo, según ella, una bala fue a dar a la cabeza de Barrios.
Otra versión es la que dio el propio herido, moribundo, en las horas de lucidez que lo separaron de la muerte. Con la bala 22 en la cabeza, alcanzó a decirle a sus familiares, a los médicos y a los policías: "Fue la mujer del loco Vila. Sacó un revólver y me pegó un tiro en la cabeza porque tengo problemas con el marido".
Algo similar contó la mamá de los nenes que acompañaban a Oroná. Según la mujer, los chicos le contaron que Marta le había disparado a Barrios enojada porque ellos lo saludaron llamándolo "abuelo", cuando se trataba de un adversario de su padre.
Este testimonio fue atacado por la defensa de Oroná. "No puede constituir un elemento de convicción porque la mujer no vio el hecho", sostuvo, y destacó que la imputada "se defendió de un ataque sexual para proteger su honor y honestidad".
Los jueces Guillermo Fierro, Rubén Darío Jukic y Antonio Paolicelli, le dieron la razón. Evaluaron que "los testimonios poco prueban en cuanto al tema que se debía decidir: si medió o no una situación de legítima defensa". También señalaron que Barrios, en su agonía, no explicó el motivo por el que Oroná le había disparado. Esto, para los jueces, podría obedecer a que Barrios no podía revelar ante su familia "una conducta propia reprochable", aludiendo, sin nombrarlos, a los manoseos referidos por Oroná.
También destacaron que la mujer "se presentó espontáneamente en la comisaría, hizo entrega del arma, admitió el suceso. Es poco razonable que haya intentado vengarse tanto tiempo después, en presencia de los menores y sin ningún tipo de agente provocador".
No obstante, consideraron que el medio empleado para repeler los "tocamientos inverecundos" -como refieren a los manoseos- fue desproporcionado en relación a la agresión. Por eso entendieron que fue un caso de legítima defensa con exceso y redujeron la pena a cuatro años de prisión.
enviar nota por e-mail
|
|
Fotos
|
|
|