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sábado,
03 de
septiembre de
2005 |
Por vender terrenos ajenos condenan a un año de prisión a una abogada
Otras 4 personas también la denunciaron por la misma estafa, pero eludió esas causas porque prescribieron
Una abogada de 60 años fue condenada a un año de prisión condicional, en el que tampoco podrá ejercer su profesión, por venderle a un hombre dos terrenos del barrio Tío Rolo que ya tenían dueño. Si la condena queda firme, la mujer deberá pagar 5 mil pesos de resarcimiento al comprador de los lotes en cuestión, quien nunca pudo ocuparlos. No se trató de un caso aislado: otras cuatro personas denunciaron a la mujer por venderles a bajo costo terrenos que nunca pudieron escriturar. Sin embargo, estas causas prescribieron y la imputada fue beneficiada con un sobreseimiento.
La sentencia del juez Antonio Ramos fue dictada contra la abogada Alicia María Forte. Cinco años atrás, la mujer fue imputada de estafar a cinco personas con la venta de terrenos del barrio Tío Rolo. La abogada fue sometida a juicio por esos casos. Pero al finalizar el proceso el juez interpretó que cuatro de esas causas debían prescribir, de acuerdo con la última reforma del Código Penal. La nueva ley cambió los plazos de prescripción de las causas judiciales. El juez interpretó que esos expedientes deben prescribir porque desde la fecha de los hechos hasta la indagatoria transcurrió el plazo máximo de la pena prevista para el delito de estafa.
No ocurrió lo mismo con una causa del año 2000 en la que Forte estaba imputada de venderle a Hugo Alfredo Barrera dos terrenos que el hombre nunca pudo utilizar. Esto ocurrió porque los lotes, según consideró acreditado el juez Ramos en su sentencia, tenían otros dueños.
Según plantea Barrera en su denuncia, el 6 de diciembre de 1994 le compró un terreno a la abogada por el que abonó 4.500 pesos. El sector que adquirió estaba identificado como el sector 16 de la manzana C del barrio Tío Rolo. Al poco tiempo el hombre comenzó a edificar. Pero tres meses después encontró a una mujer viviendo en el terreno con su familia. Así descubrió que el lote había sido vendido a esa mujer antes de que él lo comprara.
Al poco tiempo, tras exponer la situación ante la abogada, la mujer le cedió otro lote: el Nº 24 de la manzana A. Le dijo que pertenecía a una viuda que iba a venderlo cuando terminara el trámite sucesorio. Una vez más, Barrera comenzó a construir. Pero transcurridos unos días encontró la obra destruida. Constató entonces que la propia viuda había tirado abajo la construcción porque no estaba en sus planes vender esa parcela. Tras este incidente, Barrera se decidió a denunciar lo ocurrido.
"No hubo nada por escrito, todo fue verbal", dijo la abogada cuando la citaron para que diera explicaciones en Tribunales. La mujer dijo que actuó a pedido de dos hermanos que le entregaron un poder para que vendiera los lotes. La mujer alegó que le había devuelto a Barrera el dinero aportado por los terrenos que el comprador no pudo ocupar. Pero esto nunca se demostró.
."Como profesional del derecho, Forte sabe que no puede vender dos veces el mismo bien", evaluó el juez al condenarla como autora del delito de estafa. Asimismo, para reparar el perjuicio causado a Barrera, le impuso la obligación de pagarle 3 mil pesos por daño material y 2 mil por daño moral. La sentencia aún no está firme porque fue apelada por la abogada ante la Cámara Penal.
Los dos hermanos que le habían entregado a la abogada un poder para la venta de los lotes y la cobranza de cuotas también estuvieron imputados en la causa, pero fueron absueltos. Se trata de un contador público jubilado y a su hermano comerciante, quienes estaban acusados de falso testimonio. El juez consideró que la imputación no correspondía porque fueron llamados a testimoniar en un proceso que podía tenerlos como sospechosos, cuando nadie está obligado a declarar contra sí mismo.
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