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domingo,
24 de
julio de
2005 |
Un antecedente en el cerro Catedral
Hace un año hubo 17 heridos en un accidente con aerosillas en Bariloche. Procesaron a empresarios y operarios
Hace casi un año, un accidente similar al ocurrido ayer en Villa La Angostura dejó 17 heridos cuando las aerosillas en que subían al cerro Catedral, en Bariloche, se zafaron y deslizaron por el cable hasta apilarse con violencia y apresar a sus ocupantes.
Escenas de pánico se vivieron entonces debido a que los turistas quedaron pendiendo en el aire de las aerosillas apiladas, lo que obligó a montar un operativo con sogas, arneses y poleas para bajar a los heridos a la pista de esquí.
La Secretaría de Turismo de la provincia de Río Negro, que tiene el poder concedente en el área Catedral, clausuró la aerosilla en forma preventiva y ordenó pericias técnicas para establecer las razones del accidente.
El 30 de agosto de 2004, la Secretaría de Turismo de Río Negro levantó la clausura que mantuvo inactiva durante 20 días a la aerosilla cuádruple del cerro Catedral.
Este año, el 29 de junio, la Justicia procesó a dos ejecutivos y cuatro operarios como "coautores" del delito de lesiones culposas en perjuicio de las víctimas de un accidente ocurrido en agosto pasado en las aerosillas del cerro Catedral.
Los procesamientos fueron ordenados por el juez Miguel Angel Gaimaro Pozzi y afectaron a personal de la empresa Catedral Alta Patagonia.
Los ejecutivos procesados son el vicepresidente (en ese momento a cargo de la firma) Juan Cruz Varela y el jefe de seguridad de los medios de elevación, Roberto Ceaglio.
Además, el juez de la causa procesó a los operarios Omar Genaro Melín y Marcos Daniel Espie, a los que consideró autores del delito, y a los supervisores José María Rodríguez y Manfredo Schiffmacher, señalados también como coautores.
En base a las pericias elaboradas por ingenieros del Centro Atómico Bariloche, Gaimaro estableció que el accidente ocurrió debido a un mal ajuste de las mordazas que sujetan cada asiento de la aerosilla al cable de acero que las mueve.
Así, infirió el magistrado, cinco de las sillas se deslizaron sobre el cable chocando entre sí y provocando heridas a sus ocupantes.
Gaimaro consideró que hubo una "cadena de omisiones" que comenzó en la dirección de la empresa, entre las que destacó que los operarios que el día anterior al accidente manipularon las sillas en cuestión "no hicieron el trabajo con las herramientas adecuadas".
El juez descartó cualquier otro factor (viento o sobrepeso) como origen del accidente y contradijo una pericia de parte de la firma, según la cual el problema fueron los defectos de los materiales, provistos por la compañía austríaca Garaventa.
El artículo 94 del Código penal establece una condena de un mes a tres años de prisión por los delitos imputados en esta causa.
Ahora, las partes tienen la posibilidad de apelar la resolución, tras lo cual la causa será elevada a juicio oral y público en uno de los dos tribunales penales de Bariloche. (Télam)
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