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 miércoles, 08 de junio de 2005  
La Corte impide la difusión de los bocas de urna

La Corte Suprema avaló ayer la ley que impide a los medios de comunicación dar a conocer resultados en boca de urna hasta tres horas después del cierre del acto comicial y destacó que hay que "preservar la tranquilidad pública" en el día de las elecciones. En el fallo, la Corte destacó que esta norma "busca preservar, sobre la base de recientes experiencias locales e internacionales, la tranquilidad pública del acto eleccionario y de los electores, que debe primar sobre un interés meramente particular de quien informa". Según los ministros, la prensa "es susceptible de influir indebidamente en el electorado mediante informaciones contradictorias, especulaciones y (generar) confusión entre la información oficial e interesada". La Corte también confirmó la restricción que existe para dar a conocer encuestas 48 horas antes de un comicio y remarcó que "es razonable, pues busca amparar un espacio óptimo de reflexión a todo elector con anterioridad a emitir su voto". El tema fue analizado por el alto tribunal tras una demanda promovida por la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas y la Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas, que plantearon la invalidez de la ley.
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