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 miércoles, 13 de abril de 2005  
Magistrados reivindican el principio de privacidad
La Cámara del Crimen revocó un procesamiento derivado de la presentación de correos electrónicos como prueba

La Cámara del Crimen reivindicó la privacidad de los correos electrónicos y, en consecuencia, revocó un procesamiento contra un funcionario de una multinacional derivado de la presentación de mails como prueba. La Sala Cuarta de la Cámara, con los votos de María Laura Garrigós de Rébori y Mariano González Palazzo, destacó la "invulnerabilidad de esta forma de comunicación", en clara referencia a los e-mails.

El fallo se conoció ayer, en el contexto de la polémica por la ley que permite espiar correos electrónicos y chats.

El fallo que contradice expresamente la cuestionada ley fue adoptado por la Cámara del Crimen en una causa en la que el gerente general de una empresa que provee servicios de asistencia al viajero había sido procesado en primera instancia por el delito de "defraudación".

Para aquel procesamiento, el Juzgado de Instrucción Nº1 había tomado como elemento de cargo la impresión de varios mails privados presentados por la empresa que había radicado la querella.

Pero la Cámara declaró la nulidad de la prueba, porque "de lo contrario se asentiría la violación de las garantías constitucionales" de inviolabilidad de la correspondencia y protección de las acciones privadas "que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública".


"Privacidad"
"La invulnerabilidad de esta forma de comunicación (los mails), y todo lo que se entienda por ella, era y sigue siendo una regla capital para el desenvolvimiento del derecho de autonomía o autodeterminación personal en un Estado constitucional y democrático de derecho", dijeron los camaristas.

Los jueces destacaron que "el empleador tiene prohibido, en principio, leer mails enviados o recibidos por sus empleados", bajo riesgo de violar "el derecho de privacidad del trabajador".

Gustavo Romano Duffau, defensor del ejecutivo de la multinacional, destacó que "la Justicia sancionó con la nulidad la conducta de un empleador que dice haber encontrado en el lugar de trabajo de su empleado mails impresos, que no tienen ni como remitente ni como destinatario la empresa empleadora".
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