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 viernes, 31 de diciembre de 2004  
La Cámara Penal cambió el veredicto inicial de 12 años a un homicida
Rechazan la infidelidad como atenuante de un crimen y lo condenan a perpetua
Un ex policía mató a golpes a su esposa en Acebal. Evaluando que reaccionó porque ella lo engañaba, le habíandado una pena más benigna. Ahora señalan que eso habría sido un privilegio para el varón y agravan la sentencia

Jorge Salum / La Capital

La Cámara Penal de Rosario condenó a prisión perpetua a un ex cabo de la policía provincial que mató a golpes a su esposa luego de descubrir que ella había estado con otro hombre. Aunque un juez de primera instancia lo había sentenciado a una pena más benigna (12 años) porque entendió que la infidelidad es un atenuante a favor del homicida, dos camaristas dijeron que por las características del caso y la conducta previa y posterior del autor, que incluso llegó a jactarse de su obra, corresponde aplicarle la pena máxima.

El fallo es de la Sala II de la Cámara Penal y condena a Pedro Hipólito Lescano por el asesinato de Patricia Alejandra Azcurra. El crimen ocurrió el 8 de febrero de 2001 en Acebal, al sur de Rosario, donde vivía la pareja. Los jueces que impusieron la pena de prisión perpetua son Ramón Ríos y Humberto Giménez, mientras que Juvencio Mestres había propuesto la pena de 18 años.

Lescano había sido condenado a 12 años por el juez de Sentencia José María Casas, pero después la Fiscalía apeló y forzó la revisión del caso. Más tarde el fiscal de Cámaras Guillermo Camporini pidió la pena de prisión perpetua, que es la que usualmente se aplica a alguien que mata a su cónyuge, porque a su juicio no hubo ningún hecho que pudiera atenuar la conducta del homicida y aliviar la sanción correspondiente.

El fallo de la Cámara contiene varias referencias a las críticas públicas que recibió el veredicto de Casas desde distintos sectores, especialmente de organizaciones de género que lo consideraron como "la disculpa a un homicida por el simple hecho de que es un hombre".

Los crímenes a veces tienen atenuantes, pero sólo en situaciones extraordinarias, dijo Ríos en la sentencia. Incluso cuando un hombre mata a su esposa, o viceversa, podría haberlos. Pero no es el caso de Lescano, razonó el magistrado. Ni siquiera el descubrimiento de que la mujer le había sido infiel la misma noche de la golpiza justifica su reacción homicida.

Los camaristas no tuvieron diferencias a la hora de interpretar el episodio. Todos entendieron que Lescano no actuó bajo emoción violenta, como pretendían sus abogados, y que su reacción ante el descubrimiento de que Azcurra había pasado la noche con otro hombre no fue inmediata sino calculada. Por eso la llevó hasta un lugar alejado del pueblo donde vivían y la golpeó ferozmente. En todo el cuerpo, incluso en la vagina. La diferencia es que mientras Ríos y Giménez interpretaron que tuvo intención homicida, Mestres cree que "no necesariamente" fue así.

"La infidelidad del hombre o de la mujer puede ser una circunstancia extraordinaria de atenuación, pero no pueden asumirse como un privilegio para el varón", escribió Ríos en la sentencia.

Para el camarista, esto último es el rasgo distintivo de una cultura discriminadora que justifica en forma unilateral el crimen de la mujer por el supuesto adulterio.

Sin embargo, para Lescano no hay atenuantes, se afirma en el fallo. Entre otras razones porque fue el propio homicida quien empujó a los brazos de su amante a la esposa con su constante maltrato físico, algo sobre lo que testimoniaron los familiares directos de la víctima y también algunos amigos y vecinos de la pareja.

Según el veredicto, las pruebas reunidas a lo largo del juicio contra el ex cabo de la policía santafesina revelan la imagen de un padre y un esposo desconectado del hogar y su familia, con personalidad agresiva y golpeador de su mujer.

Además, esa misma evidencia da cuenta de un hombre que reacciona ferozmente ante la infidelidad que él mismo había cultivado ya que pese a estar casado con Azcurra mantenía una doble vida: tenía otra mujer con la que incluso convivía.

Aún cuando no adhirió a la pena de prisión perpetua que impusieron sus colegas, el camarista Mestres resaltó incluso la condición de policía de Lescano a la hora de reprochar su conducta. "De él la sociedad espera otra cosa", razonó.

Su colega Giménez, en tanto, resaltó la conducta posterior del homicida luego de perpetrar la golpiza contra Azcurra. "La golpeó y luego se jactó de ello", recordó. Y resaltó un par de detalles muy macabros del episodio, como el hecho de haber gatillado su arma contra la víctima, que prueban cuál fue la verdadera intención de Lescano.
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Pedro Lescano y Patricia Azcurra el día del bautismo de uno de sus dos hijos.

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