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 martes, 30 de noviembre de 2004  
La pregunta que falta en la historia de Tato

Hernán Lascano / La Capital

El domingo este diario publicó la historia de Tato, un nene de 12 años que fue demorado por la Prefectura Naval tras ingresar a buscar soja caída en una playa contigua al terreno donde funciona la cerealera Cargill, en Puerto San Martín. Al niño se le inició un sumario por hurto, lo que derivó en una causa por ese delito en los tribunales provinciales. En el acta se lo acusó, además, de haber invadido propiedad privada.

El juez de Menores que recibió el sumario del incidente, Juan Leandro Artigas, dijo ayer que se le había dado mucha trascendencia al caso. "Yo creo que la gente de Prefectura actuó muy bien. Lo que se tomó fue una medida prácticamente preventiva, porque el chico, de 12 años, estaba en un lugar en el que podía peligrar su integridad física", planteó por Radio Dos.

Lo que no se entiende de esa valoración es, casualmente, lo esencial. Si al nene se lo quería proteger, ¿por qué razón se le inició una causa por hurto? ¿Hubo hurto? Porque de lo que dicen los propios agentes de vigilancia de Cargill y reproduce la Prefectura en su acta preventiva se desprenden dos cosas: que el pequeño estaba embolsando soja desechada y que lo hacía en la playa. Es decir que juntaba una cosa abandonada en un lugar de aparente dominio público. Verbigracia: Tato ni estaba en un ámbito privado ni estaba robando.

El magistrado agregó al programa "Diez Puntos" que el pequeño estuvo bien atendido en las oficinas de Prefectura. "Es más, se lo llevó a la pediatra del Hospital Granaderos a Caballo y se lo entregó al papá cuando llamó al juzgado", completó. Este diario nunca sugirió que Prefectura hubiera maltratado físicamente a Tato. Pero sin dudas la Convención Internacional de Derechos del Niño no aprobará que dos sumariantes interroguen a un nene de 12 años en soledad, adjudicándole explícitamente un delito, sin que nadie lo acompañe y lo defienda en esa situación de indiscutible presión moral. Sobre todo, aunque es un detalle, si ese nene no había transgredido la ley.

Tampoco insinuó jamás la nota de este diario que el juez se propusiera reprochar penalmente la acción del menor. Lo serio era lo que ya había sucedido: una entidad de seguridad nacional, la Prefectura, le abrió un sumario por hurto, trámite que luego prosiguió en Tribunales, por un ilícito jamás consumado. Eso se deja ver en el acta 48/04 de la fuerza y a Tato esa marca no se la saca nadie. El juez dijo que la ley solamente faculta a los juzgados de menores a una intervención tutelar y no a procesar a niños que a esa edad son inimputables. Es cierto. Tanto como que la protección judicial, en Rosario, es sinónimo de encierro para algunos de esos chicos inimputables, como se puede comprobar con una simple consulta a los asesores de menores de Tribunales.

¿La soja caída de la cinta transportadora de Cargill era de Cargill? La ley indica, y hay citas doctrinarias al respecto, que algo voluntariamente abandonado por sus dueños deja de ser algo ajeno para el que lo toma. La soja tirada que juntó Tato no era robable. Salvo que la cerealera recupere para algo ese producto que se pudre rápidamente en contacto con el agua y el aire. En ese caso la discusión debería entablarse sobre un tema ambiental.
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