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 martes, 09 de noviembre de 2004  
La tendencia al sistema unicameral

La reforma constitucional provincial debería introducir una profunda modificación en la conformación e integración del Poder Legislativo. La actual Legislatura provincial, compuesta por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, comprende una representación de naturaleza diferente, por ello es preciso diferenciar la significación de la bicameralidad del Estado federal (gobierno nacional), de la bicameralidad del Estado provincial.

El cuerpo legislativo provincial debería estar compuesto por una sola cámara con elección de los legisladores por distrito único y por regiones. Así se puede apreciar en las nuevas constituciones de provincias, donde se ha adoptado el sistema unicameral para la organización del Poder Legislativo. En el orden provincial, según sostienen muchos especialistas, el unicamarismo o bicamarismo son únicamente cuestiones técnicas, que no comprometen valores fundamentales del régimen constitucional.

Por caso, Juan B. Alberdi, autor de la Constitución de la provincia de Mendoza, publicada después de la sanción de la Constitución nacional de 1853, organiza el Poder Legislativo provincial en una sola sala, vale decir, sobre la base del sistema unicameral.

Actualmente, tienen establecido en sus constituciones el Poder Legislativo unicameral la ciudad autónoma de Buenos Aires y quince (15) provincias: La Pampa, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, Neuquén, Tierra del Fuego, Río Negro, Santa Cruz, Santiago del Estero, Córdoba, Chaco, Tucumán, Chubut. Mantienen el Poder Legislativo bicameral en sus constituciones solo ocho provincias: Entre Ríos, San Luis, Santa Fe, Catamarca, Corrientes, Mendoza, Salta y Buenos Aires.

El sistema unicameral fue adoptado por las constituciones reformadas a partir de 1983, con modificaciones impulsadas por gobiernos de los partidos mayoritarios. Por lo tanto, no se presentan obstáculos constitucionales para que las provincias adopten un sistema de unicameralidad. De hecho la mayoría de las provincias tienen actualmente adoptado en sus legislaturas este sistema. El actual sistema bicameral es cuestionado tanto en su conformación como en su vigencia, generando lo que se conoce como crisis de las segundas cámaras. Las crisis de las segundas cámaras es un lugar común desde hace varias décadas en la literatura jurídico-política. Maurice Duverger escribía hace años que "el bicameralismo pierde progresivamente su actualidad porque, salvo en los Estados federales, las segundas cámaras están en vías de desaparición". Al mismo tiempo, les negaba toda razón de existencia salvo que se trate de estos últimos Estados.

En cuanto a lo que caracteriza a cada cámara en las legislaturas provinciales, hemos comprobado que en Santa Fe ambas representan al pueblo. Las leyes provinciales pueden tener origen en cualquiera de las cámaras y no hay materia que deba tener origen exclusivo en alguna de ellas, como sí lo dispone la Constitución nacional, por ejemplo, en materia de contribuciones o de reclutamiento de tropa.

En Santa Fe, el propio Poder Ejecutivo elige la cámara que dará originalmente al tratamiento de sus mensajes, de acuerdo a la conveniencia o facilidad para lograr su aprobación.

No es necesario mantener la división de la Legislatura en dos cámaras con el argumento de evitar la precitada confección de las leyes, las intemperancias y las sorpresas. El sistema bicameral no evita la precipitación, pues en la práctica se sancionaron leyes de trascendencia para la provincia, merced al "sistema de mayorías", aprobándose proyectos en ambas cámaras en una sola jornada.

El control al accionar del Poder Ejecutivo es perfectamente posible con un sistema unicameral. Actualmente, los sistemas de control son deficitarios, entre otros motivos, merced al sistema institucional que garantiza mayorías automáticas, en desmedro de la implementación de sistemas efectivos que garanticen el contrapeso necesario para el funcionamiento del sistema democrático.

La realidad política provincial nos permite verificar que la representación política reflejada en ambas cámaras es generalmente la misma. Los partidos políticos han venido a homogeneizar la Cámara alta y la baja y, con ello, han erosionado sustancialmente el fundamento político de la primera. En nuestra provincia, que no tiene una tradición electoral arraigada, donde la modificación de los mecanismos constituyen una constante, no sólo es conveniente sino necesario fortalecer la representatividad de la Legislatura. Esto se logra otorgando la representación en forma proporcional a los votos obtenidos por cada candidato o partido.

Por lo expuesto, proponemos que la Legislatura de la provincia de Santa Fe, se componga de una sola cámara con 69 miembros como máximo, elegidos de la siguiente forma: A) Legisladores elegidos directamente por el pueblo de la provincia en distrito único y distribuidos entre los partidos por el sistema proporcional, variante D'Hont. B) Legisladores elegidos directamente por el pueblo de las regiones y/o circunscripciones que se establezcan por ley con mayoría especial, teniendo en cuenta la realidad económica, social y política, como así el equilibrio territorial y demográfico. Cada región y/o circunscripción deberá elegir sus legisladores por el sistema proporcional, variante D'Hont. Las listas de candidatos para cada región deberán incluir entre los candidatos titulares por lo menos uno de cada sub-región que conforma aquélla.

La regionalización de la provincia debe ser un instrumento central del nuevo modelo institucional. Debemos, en consecuencia, desarrollar el nuevo concepto de región, donde podamos identificar las pautas culturas comunes, los modelos de desarrollo económico, las prácticas sociales y las características urbanas, entre otras. Las vías de comunicación son un factor importante en la predeterminación de estos espacios, porque condicionan los movimientos de la población, las culturas y las formas de producción. El cumplimiento de estas pautas y de este moderno concepto, servirá para jerarquizar territorialmente y equilibradamente a toda la provincia. Lo lógico es que la mayoría de los legisladores se elijan en forma directa por el pueblo mediante el sistema proporcional, tomando a la provincia como distrito único; paralelamente, otra parte se elija por regiones. Esta nueva forma institucional jerarquiza la región como entidad económica y política. Al mismo tiempo, permitirá superar el sistema de circunscripción uninominal para posibilitar la implementación de un sistema proporcional que relacione también en la región los votos con las bancas.

El sistema previsto no sólo jerarquiza la proporcionalidad, para superar el regresivo sistema de mayorías, sino que tiende a evitar las manifiestas distorsiones que permite el actual sistema institucional. En definitiva, y en todo acuerdo con la doctrina mayoritaria, estamos convencidos que lo mejor para la provincia de Santa Fe es el sistema unicameral. Como lo afirmara García Pelayo: "Con este sistema no sólo se democratiza la constitución del Parlamento, sino que se democratiza también el progreso legislativo".

(*) Diputado provincial del Bloque Socialista
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