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 miércoles, 11 de agosto de 2004

Un juez le impusó dos años en la cárcel a un aotomovilista por un accidente en Pueblo Esther
Prisión efectiva a un conductor que causó la muerte de un nene de 6 años
Iba a alta velocidad, en un auto sin seguro y la prueba de alcoholemia lo complicó. Y desató un triple accidente

Un conductor de 62 años fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento efectivo por causar un triple choque en el que murió un nene de 6 años y resultó lesionada su madre. La razón para que le impusieran cumplir la pena entre rejas, algo excepcional en este tipo de delitos, fue su manifiesta imprudencia: viajaba alcoholizado, con exceso de velocidad, intentó traspasar a otro vehículo en un sector no permitido y no tenía seguro. "El desconocimiento a todas las reglas de la prudente conducción y el desprecio a las normas es incompatible con el beneficio de una condena condicional", dijo el juez que lo sentenció.

El fallo del juez Correccional Edgardo Bistoletti condenó a dos años de prisión efectiva y ocho de inhabilitación especial para conducir a Roberto Núñez, un correntino desocupado radicado en Rosario. No obstante, el imputado transitó en libertad el proceso penal y aún no fue detenido porque la sentencia no está firme: su abogado podría apelarla ante la Cámara Penal.

La aplicación de una pena efectiva no es usual en las condenas por muertes en accidentes de tránsito. Pese a que las penas de ejecución condicional imperan en la práctica, el juez aclaró en su dictamen que "la regla son las condenas efectivas".

Benvenutto le negó a Núñez la opción de una pena condicional porque consideró probado que la única causa del accidente fue su irresponsabilidad, que "truncó la vida de un niño de 6 años y pudo producir tan lamentable desenlace en otras personas".

El accidente ocurrió el 10 de noviembre de 2002 sobre la ruta provincial 21 (ex 9) en el ingreso norte a la localidad de Pueblo Esther. A las 19.30, Núñez viajaba hacia el sur acompañado por un hombre y una mujer que habían compartido un almuerzo con él.

Al llegar al puente sobre el arroyo Frías, el conductor atravesó a gran velocidad un badén y esto le hizo perder el control del vehículo. El Falcon voló sobre el puente, salió de su carril y comenzó a zigzaguear sobre el pavimento. En sentido contrario viajaba a Villa Gobernador Gálvez un Peugeot 504 blanco conducido por Hugo Balmaceda, de 44 años, acompañado por su mujer y sus tres hijos.

Cuando Balmaceda vio venir de frente al Falcon se tiró a la banquina, pero no pudo evitar que el otro auto impactara de lleno contra su puerta trasera izquierda, algo que no les provocó lesiones. Detrás del Peugeot circulaba en el mismo sentido, hacia Rosario, un Ford Sierra al mando de Gustavo Marín. El automovilista maniobró para evitar el encontronazo pero no pudo impedir que el Falcon se estrellara contra la puerta trasera derecha.

"Intenté tirarme al carril contrario, pero a los dos segundos lo tenía encima", señaló. Con él viajaban su esposa, Valeria Spelta, que llevaba en brazos a su nena de un año, y su hijo Matías Marín, de 6. A pesar de que llevaba puesto el cinturón de seguridad, el nene sufrió un tremendo golpe en la base del cráneo que le provocó la muerte en el acto. También su madre y los dos acompañantes del imputado resultaron lesionados en el triple choque, aunque estos últimos decidieron no instar la acción penal.

Núñez reconoció que viajaba a 80 kilómetros por hora (20 más que lo permitido en ese tramo). Pero alegó que fue el pronunciado badén lo que dejó al auto fuera de control. El conductor dijo que no alcanzó a verlo porque antes de llegar al puente aumentó la velocidad para superar a otro auto. También pero admitió que había bebido "cuatro o cinco vasos de vino con soda" durante el almuerzo, que según sus acompañantes había comenzado a las 15 y seguido con un baile hasta las 19. Pero aclaró que "no estaba mareado".

Pese a sus dichos, todas las pericias revelaron que fue su imprudencia la "única causante del accidente". En primer lugar se detectó que circulaba a una velocidad antirreglamentaria: esto provocó que el vehículo invadiera el carril contrario. También se acreditó que manejaba con un índice de alcohol en sangre superior al permitido (0,5 gramos por litro). "Sus reflejos se encontraban disminuidos. Conducir en estado de alcoholización supone poner en peligro a otras personas", resaltó el magistrado.

Además, Núñez no contaba al momento del accidente con ningún tipo de seguro "que resarciera al menos patrimonialmente a quienes jamás podrán compensar la desgracia de la pérdida de un hijo de tan corta edad". Por último, el juez evaluó que si la causa del siniestro hubiera sido el badén "se habrían producido allí innumerables accidentes como éste". En el lugar, indicó, el puente está anunciado en un cartel que impide adelantarse. De hecho, la doble línea amarilla comienza unos 500 metros antes del puente. Y otra señal advierte que la velocidad máxima permitida en la zona es de 60 kilómetros por hora.

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El triple accidente fue el 10 de noviembre de 2002.

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