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 sábado, 17 de julio de 2004

El ganado de las islas entra en el circuito de la exportación

Los establecimientos rurales ubicados en la zona de islas de la cuenca del río Paraná que deseen ser habilitados para enviar ganado a faena con destino a la Unión Europea deberán cumplir, obligatoriamente, la totalidad de los requisitos exigidos por el bloque comercial.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) indicó que los interesados también deberán cumplir otras condiciones relacionadas con sus características geográficas.

La medida del organismo sanitario se inscribe en el marco de un relevamiento integral de las islas de la cuenca del río Paraná, para elaborar un estado de situación general que incluye existencias ganaderas, cantidad de hectáreas explotadas, cantidad de productores, comportamiento de las crecientes (dinámica de las corrientes) y el seguimiento pormenorizado de vacunaciones antiaftosa, entre otras medidas.

Desde el Senasa se precisó que los veterinarios locales y supervisores regionales serán quienes evaluarán la factibilidad de habilitar el establecimiento rural de "origen" o "proveedor" en la zona de islas de las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe y Corrientes.

"Para ello deben tener en cuenta el cumplimiento en forma total de las exigencias y condiciones establecidas para tal fin", se explicó desde el ente sanitario nacional.


El stock en Santa Fe
Según un relevamiento del Senasa, en las islas de la cuenca del río Paraná, están involucrados 4.027 productores y un total de 998.500 bovinos, de los cuales un 40% son vacas y terneros y un 60% novillos y novillitos. De ese total, 460 mil cabezas están localizadas en Entre Ríos, 375 mil en Santa Fe, 93.500 cabezas en Corrientes y 60 mil en Buenos Aires.

Asimismo, se aclaró que podrán inscribirse en el Registro de Establecimientos Rurales de "origen" o como "proveedores" de Hacienda con destino a faena para exportación a la Unión Europea, sólo los campos isleños que hayan adaptado sus estructuras a las normativas del Senasa.

En ese sentido, se destaca que entre las exigencias que deberán cumplir esos establecimientos rurales figuran la identificación fehaciente por su ubicación cartográfica, presentar un croquis con todas las características del establecimiento (cantidad de hectáreas, apotreramiento, corrales, manga, establecimientos linderos, límites con accidentes geográficos), y serán pasibles de ser auditados por Senasa.

Además deberán poseer delimitación constatable y auditable, conformada por alambre perimetral, ríos, arroyos y represamiento, entre otras, que garantice su delimitación y separación efectiva de otros predios y animales en forma permanente.

El establecimiento rural-isla, debe poseer la infraestructura mínima para el manejo responsable de la hacienda (potreros, corrales, manga, cepo, cargador, etc.), no aceptándose instalaciones precarias, como corrales de madera blanda.

En cuanto a los trámites a seguir para los movimientos de hacienda deberán realizarse en la oficina local de Senasa.

De acuerdo con las resoluciones oficiales para concretar embarques hacia la UE, deberá dejarse asentada la fecha y hora en que se realizará el predespacho y la fecha de carga de la barcaza, así como la hora tentativa en la que se efectuará tal acción (a efectos de posibilitar auditar dicho acto) y, además, deberán informarse, en el DTA, los números de precintos que se utilizarán tanto en la barcaza como en el camión y el número de habilitación.

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