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 jueves, 15 de abril de 2004

Inseguridad. Fijan sanciones para que no sea excarcelable
El Senado aumentó las penas para portación ilegal de armas
La norma carga contra quienes fabriquen y acopien explosivos con hasta 15 años de prisión

En una votación casi unánime, el Senado convirtió anoche en ley el proyecto que aumenta las penas para la portación ilegal de armas de guerra, fijando una sanción que posibilita que el delito no sea excarcelable.

Con el apoyo del mayoritario bloque justicialista, del radicalismo y de los representantes de partidos provinciales el Senado ratificó con 48 votos favorables contra 4 negativos las modificaciones que hace una semana los diputados le realizaron al proyecto votado.

En contra votaron los peronistas Jorge Yoma, Marcelo López Arias, el socialista Rubén Giustiniani y la frentista Vilma Ibarra, quienes coincidieron en que "no fue bueno el trabajo hecho por la Cámara de Diputados" e insistieron en que se aprobara el texto original del Senado.

De esta manera, el Congreso logró la segunda sanción de una ley en materia de inseguridad, tras el petitorio presentado por Juan Carlos Blumberg en el marco de la marcha realizada hace dos semanas.

La semana pasada, Diputados convirtió en ley un proyecto enviado por la Cámara alta mediante el cual se aumentó la pena para los delitos cometidos con armas de fuego.

El proyecto aprobado ayer establece que la fabricación, suministración, elaboración de explosivos, bombas, materiales radiactivos que permitan contribuir a delitos contra la seguridad serán penalizados con prisión de 5 a 15 años.

También fija que la tenencia de esos materiales se sancionará con penas de tres a seis años de prisión y que la simple tenencia de armas de fuego de uso civil se sancionará con prisión de seis meses a dos años (excarcelable) y con multas de 10.000 pesos.

En el caso de las armas de guerra, la tenencia ilegal tendrá una pena de cárcel de dos a seis años de prisión (excarcelable con la pena mínima) y la portación ilegal será penalizada con prisión de tres años y seis meses a ocho años y seis meses.

Sobre la portación ilegal de armas de fuego de uso civil, el proyecto establece que tendrá una pena de uno a cuatro años (la pena mínima es excarcelable).

Por último establece que el acopio de armas de fuego sin la debida autorización tendrá reclusión de cuatro a diez años y que será reprimida con prisión de tres años y seis meses a ocho años y seis meses a la persona que entregue un arma a un menor de 18 años.

El Senado votó también un proyecto mediante el cual se crean tres juzgados de Ejecución Penal en el ámbito de la Capital Federal y votó una preferencia para la próxima sesión (con dictamen de comisión) el proyecto enviado por Diputados que modifica la ley 24.460 (de ejecución penal) estableciendo el período de pruebas para las salidas transitorias y el régimen de libertad asistida.


Edad de imputabilidad
También aprobó una preferencia para tratar dentro de quince días (con dictamen de comisión) el proyecto que establece la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

En tanto, la Cámara de Diputados programó para la próxima semana una reunión de la comisión de Legislación Penal en la que se tratarán los tres proyectos sancionados hace una semana por la Cámara alta: el que regula la venta de telefonía celular, el que fija la libertad anticipada de condenados y el que castiga el juego clandestino.

También se avanzará en esa comisión con el análisis del proyecto de la bonaerense Mirta Pérez (Partido Nuevo) que propone la sumatoria de las condenas para los acusados de delitos aberrantes y del que agrava las penas para los delitos contra la integridad sexual. (Télam)

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Senadores posibilitó una segunda ley impulsada por Juan Carlos Blumberg.

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