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 domingo, 28 de marzo de 2004

Un juicio civil que ahora puede terminar en un proceso penal
Un tribunal quiere determinar si hubo o no delito en la actuación judicial de un abogado y su cliente

Jorge Salum / La Capital

El monto de la indemnización era escalofriante: casi 300.000 pesos más intereses. Favorecía a un ex empleado jerárquico de la Empresa Provincial de la Energía y reparaba los daños que supuestamente le había causado el Banco Francés al incluirlo en su nómina de clientes morosos. La había fijado un juez civil al cabo de un engorroso proceso de casi dos años. Y el caso se hizo público por el inusual monto de la reparación.

Pero ahora se sabe que no todo era tan transparente como parecía. El banco sostuvo que hizo todo bien y pidió a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que revisara el veredicto. Así ocurrió y entonces todo cambió rotundamente.

El 9 de marzo la Sala II de la Cámara revocó la sentencia y desactivó la indemnización. También envió el expediente judicial a un fiscal: quiere que dictamine sobre la conducta del hombre que hizo la demanda y la de su abogado, ante la presunción de que alguien falseó pruebas para obtener un fallo a favor. Y eso, según el Código Penal, constituye un delito.


Aprovechamiento de firma
El caso se inició en abril de 2001, cuando Ariel Raffaelli Lainatti demandó al Banco Francés por informarlo como deudor ante el Banco Central de la República Argentina y la organización Veraz. Sostenía que era un error y exigió una reparación: quería 30.000 pesos por daño moral y 260.240 por "pérdida de chances".

El hombre y su abogado, Fabio Cerruti Sacco, decían tener una prueba concluyente contra el banco: un documento firmado por una abogada de la entidad en el cual se certificaba que sus cuentas estaban saldadas. Pero el Francés desconoció la autenticidad de ese documento e insistíó que Raffaelli aún era moroso.

En febrero del año pasado el juez civil Rodolfo Bruch dictó sentencia. Dio la razón a la demanda y condenó al banco a pagar. Fue entonces cuando el Francés llevó el caso al tribunal superior.

Lo primero que hicieron los camaristas Alicia García, José María Serralunga y José Humberto Donati fue ordenar una pericia sobre el documento que supuestamente otorgaba la razón a Raffaelli. La conclusión de los expertos fue lapidaria: el certificado había sido falsificado.

Según los especialistas, la constancia se confeccionó por el método de "aprovechamiento de firma auténtica": quien lo hizo utilizó un documento auténtico para calcar la rúbrica de una abogada del banco sobre otro similar, probablemente con un carbónico. Luego se escribió el texto que convertía a Raffaelli en un cliente con sus cuentas al día.

Además, los magistrados llegaron a la conclusión de que el examen no se hizo antes por las trabas que puso el abogado Cerutti Sacco, a quien le endilgaron haber "obstaculizado" el proceso.

Fue tan contundente la opinión de los peritos que los camaristas ahora presumen que tal vez se cometió un delito. Incluso podría quedar bajo la lupa el aval de un escribano a la supuesta autenticidad del certificado que sirvió de base para demostrar falsamente que Raffaelli ya no era moroso.

Por eso los jueces no se limitaron a revocar el fallo que concedía la indemnización. También enviaron el expediente de la causa a un fiscal. Quieren que éste determine si hubo o no la comisión de uno o más delitos, y en su caso quiénes son los responsables.

Respecto al abogado, la Cámara dijo que tuvo una "conducta obstruccionista" y envió copia del expediente al Colegio de Abogados "a cualquier efecto". Según el tribunal, su actuación quedó atrapada por una norma del Código Procesal Civil y Comercial que obliga a los profesionales a conducirse con "lealtad, probidad y buena fe".

El tribunal también envió copia de la causa a la Corte Suprema de Justicia y a la Administración Provincial de Impuestos (API). Es porque en el expediente aparecieron sellados falsos, por lo que se presume que además de una estafa procesal puede haber una defraudación al organismo fisco.

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El juez Rodolfo Bruch intervino en la primera instancia de la causa.

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