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 miércoles, 21 de enero de 2004

Endurecen controles en los contratos de servicio

El gobierno resolvió endurecer el control sobre los contratos que celebran los consumidores con empresas de prestación de medicina prepaga, teléfonos celulares y bancos, al publicar en el boletín oficial una resolución del Ministerio de Economía que considera "abusivas" las cláusulas que otorguen al proveedor la facultad de hacer modificaciones de manera unilateral. Esta decisión exceptúa a los contratos que se hubieran celebrado por tiempo indeterminado y que, además, cumplan con determinados requisitos. En ese sentido, se tomarán en cuenta los eventuales cambios que se hallasen previstos en el contrato, que podrán obedecer a causas fundadas en incorporación de servicios, tecnologías o prestaciones. También los que revistan carácter general y no estén referidos a un consumidor en particular, y la modificación que no altere el objeto del contrato o pudiera importar un desmedro en la calidad de los servicios comprometidos al momento de contratar. Asimismo, no será abusiva cualquier modificación que se encuentre prevista su notificación al usuario con antelación no inferior a 60 días de su entrada en vigencia, y que prevea que el consumidor que no la aceptara tenga la opción de rescindir sin cargo el contrato. En cambio, aquellas cláusulas que autoricen al proveedor a rescindir sin causa el contrato, sin que medie incumplimiento del consumidor, sí serán consideradas como abusivas.

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