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 sábado, 04 de octubre de 2003

Ordenaron indemnizar a la familia de Bulacio
Al chico lo mataron en una comisaría. Un tribunal internacional condenó al Estado a pagar u$s 400 mil

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) condenó al Estado Argentino por la muerte del adolescente Walter Bulacio, ocurrida en abril de 1991 tras una "razzia" policial, al ordenar que debe pagarle a la familia del chico 400 mil dólares y que se inicie otra investigación, luego de que la Justicia dispusiera la prescripción de la causa sin encontrar culpables.

Además, la Cidh conminó al Estado nacional a modificar las leyes que permiten a la policía a realizar detenciones que considera arbitrarias, especialmente de menores de edad. El fallo de la Cidh fue dictado el 18 de setiembre último y dado a conocer ayer en conferencia de prensa por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) y de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (Correpi). También estuvo María Armas, abuela de Walter.

Según los organismos, esta es la primera vez que la Cidh se refiere a hechos de violaciones a los derechos humanos por parte de la policía argentina, desde el regreso de la democracia.

Las determinaciones de la Cidh en su fallo, dictado con unanimidad de sus miembros, son "obligatorias", por lo que el Estado deberá cumplir la condena.

Bulacio, de 17 años, fue detenido con otras 70 personas el 19 de abril de 1991 durante una razzia policial realizada en cercanías del estadio de Obras Sanitarias, en ocasión de un recital del grupo de rock Los Redonditos de Ricota.

El joven fue llevado a la seccional 35ª de la Policía Federal y a poco de ser alojado allí sufrió una descompensación, por lo que fue derivado a un hospital sin que se diera aviso a sus padres ni a la Justicia. Allí murió cinco días más tarde.

Según establecieron las pericias, la muere se produjo como consecuencia de los golpes y torturas recibidos en la seccional, por entonces a cargo del comisario Miguel Angel Espósito.

Sin embargo, tras 12 años de dilaciones, el 25 de noviembre del año pasado la Cámara del Crimen porteña dictó la prescripción de la causa y el sobreseimiento del único imputado, el ex comisario Espósito, decisión que fue apelada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En su resolución, la Cidh formuló duros cuestionamientos al Poder Judicial, al sostener que tuvo responsabilidad en las "dilaciones y entorpecimientos indebidos", por lo que consideró que no podría invocarse la prescripción de la causa.

Por ello ordenó que Argentina debe continuar con las investigaciones para sancionar a los culpables de la muerte del joven con la participación de los familiares en el proceso, a quienes en su momento se les negó la posibilidad de ser querellantes. (DyN)

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