Año CXXXVI
 Nº 49.859
Rosario,
domingo  01 de
junio de 2003
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Le agravaron la condena al confundirlo con un homónimo

Buenos Aires.- Un Tribunal Oral deberá dictar nueva condena a un hombre al que sentenció a siete años de cárcel, porque por error agravó esa pena al considerarlo reincidente en base a los antecedentes penales que, en realidad, eran de un delincuente homónimo.
La sala II del máximo tribunal penal del país, la Cámara de Casación, anuló la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal 18 y le ordenó dictar un nuevo fallo.
Luis Alberto Ramos fue condenado a siete años de cárcel por lesiones gravísimas" en un juicio oral que estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal 18 de Capital Federal.
A la hora de fijar la pena, los jueces tuvieron en cuenta su condición de reincidente, algo que agravó su situación e influyó en la cantidad de años a los que fue sentenciado.
Pero, como intentó advertir sin éxito en el debate el abogado del preso, los antecedentes penales que había recibido el Tribunal pertenecían en realidad a otro Luis Alberto Ramos, un homónimo 26 años mayor que el juzgado.
"Se trata de dos personas que tienen el mismo nombre, al otro lo habían sentenciado en 1989 y el condenado nació en 1976", explicó el abogado Norberto Tavosnanska en su recurso ante Casación. Y agregó que él mismo fue al juzgado nacional de primera instancia en lo criminal 45, lugar del que había partido hacia el Tribunal Oral el informe sobre la condena al homónimo de Ramos.
Allí comprobó en persona que a la fecha en que ocurrió el delito investigado en ese juzgado su cliente "hubiera sido claramente inimputable". Además, ese condenado había nacido en 1950.
"Fue un claro error material, no se acreditó el procedimiento correcto que hubiera sido solicitar el expediente al juzgado de instrucción que certificó la causa", advirtió.
Los camaristas de la sala II de Casación Juan Fregoli, Raúl Madueño y Pedro David dieron la razón al abogado del preso y ordenaron el dictado de una nueva sentencia. (Télam)


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