Año CXXXVI
 Nº 49.810
Rosario,
sábado  12 de
abril de 2003
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Los productores debaten las estrategias legales
Algunas empresas apelaron a la Justicia para no pagar utilidades ficticias. El camino, no obstante, tiene riesgos

Las empresas vinculadas al sector agropecuario han puesto en marcha diferentes estrategias frente a la exigencia de pagar el impuesto a las ganancias sin ajustar los stocks por la inflación. Desde el pago liso y llano hasta los amparos colectivos existen una serie de alternativas que, cabe recordarlo, tienen también sus riesgos.
El abogado Manuel De Iparraguirre sostuvo que son cuatro las alternativas existentes:
* La más conservadora. Pagar en las condiciones que establece el fisco y después iniciar una acción de repetición (algo así como gestionar para que eventualmente el impuesto sea devuelto).
* Presentar la declaración jurada con los ajustes que el contribuyente entienda procedente y estar a la espera dela impugnación por parte del fisco. "Es otra alternativa donde luego entrarían a jugar los distintos mecanismos recursivos".
* Presentar la declaración jurada con los ajustes pero conjuntamente con un amparo o una acción mere declarativa con una cautelar de no innovar.
* El recurso colectivo por parte de las entidades gremiales.
El letrado consideró que la menos riesgosa de las alternativas es la mere declarativa con cautelar, que de ser acogida impide al fisco plantear la intimación por el pago. Pero la Justicia exige una contracautela como garantía durante el proceso, habitualmente un porcentaje del monto en conflicto. Esto no inhibe la prosecusión de la discusión de fondo, con lo cual cualquier planteo puede llegar hasta la Corte.
"Lo que la gente tiene que saber es que si opta por una medida judicial tiene que tener seguridad de que tiene bien hecha su declaración, no sólo en ganancias sino también en IVA, porque le pueden revisar todo, pro lo cual los que tengan dudas asumen un riesgo", explicó Enrique Lingua, quien alertó también que durante los últimos meses el gobierno fue eliminando las disposiciones contables que habilitaban el ajuste por inflación, de modo de quitar precedentes para el caso de conflictos judiciales.
En el Senado ingresó un proyecto que habilitaría el pago en cinco cuotas anuales del monto del impuesto que resulte del efecto inflacionario.
En Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires y Entre Ríos se registraron fallos favorables a los amparos en relación al ajuste por inflación. En algunos casos se tratan de acciones promovidas por organizaciones gremiales de base.


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