Año CXXXVI
 Nº 49.778
Rosario,
martes  11 de
marzo de 2003
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Créditos: nuevos fallos a favor de repartir costos

Jorge Salum / La Capital

Otros dos fallos judiciales conocidos ayer establecen que un acreedor y su deudor deberán repartir en partes iguales las pérdidas que causa la pesificación forzosa de las deudas contraídas en dólares antes de la devaluación de la moneda nacional. Este principio, que los juristas llaman "esfuerzo compartido", ya había sido empleado hace unos días por el juez en lo Civil y Comercial Nº 12 de Rosario, Rodolfo Bruch, para saldar un litigio donde la discusión era cómo cotizar la moneda estadounidense tras la caída de la paridad 1 dólar=1 peso. Ahora se aplicará también a otros dos casos similares, aunque no ya entre particulares, en los que le tocó intervenir al mismo magistrado.
En uno de los juicios el acreedor es un banco, y en el otro es una concesionaria de autos. En ambos estaba en discusión el mismo tema: a cuánto cotizar la moneda estadounidense para saldar un crédito en esa divisa tomado cuando un peso era igual a un dólar.
En los tres casos las partes no lograban ponerse de acuerdo sobre el monto de una deuda en dólares. Mientras el acreedor exigía dólares, o la cantidad de pesos equivalente a la cotización actual de la moneda estadounidense en el mercado libre, el deudor pretendía mantener la paridad de 1 peso=1 dólar que estaba vigente cuando contrajo la deuda.
La falta de acuerdo originó sendos conflictos judiciales, que en los tres casos terminaron de la misma manera: Bruch falló que el acreedor y el deudor deben absorber juntos las pérdidas que implica la devaluación, lo que equivale a decir que el primero sólo recuperará parte de su capital y el segundo tendrá que pagar más de lo que abonaría si su deuda en dólares se tradujera a igual cantidad de pesos.
En la práctica, la aplicación de este principio implica que se deberán convertir los dólares a razón de 1 peso más el 50 por ciento de la brecha entre 1 peso y el valor del dólar en el mercado libre a la fecha en que se liquide la deuda. A valores de ayer, el deudor debería abonar unos 2,09 pesos por cada dólar que adeuda.
Al primer fallo basado en el principio del esfuerzo compartido fue dictado por el juez Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Hernán Carrillo, en julio del año pasado. En ese caso se trataba de la deuda en dólares de una empresa con un banco. De los tres que dictó Bruch, uno ya fue apelado. En Buenos Aires, en tanto, ya hay sentencias similares incluso en segunda instancia.


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