Año CXXXVI
 Nº 49.761
Rosario,
sábado  22 de
febrero de 2003
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La flexibilización anticipada liberaría del sistema $400 millones
Permiten a los bancos endeudados devolver los depósitos en pesos
Beneficia a entidades que tienen redescuentos. Excluye colocaciones que en principio estaban en dólares

El Banco Central (BCRA) habilitó ayer a las entidades que mantengan deudas por redescuentos a devolver anticipadamente los depósitos reprogramados originalmente constituidos en pesos, aunque mantuvo la obligación de cancelar esas deudas en caso de que quieran reintegrar los fondos en dólares luego pesificados.
A través de la comunicación A 3881 difundida anoche, el Central modificó los requisitos para la devolución anticipada de los certificados de depósitos reprogramados (Cedros) en pesos, que hasta ahora sólo podían ofrecer sin mediar trámite las entidades libres de deuda con la autoridad monetaria.
Según las normas vigentes hasta ayer, también podían ofrecer la devolución anticipada los bancos endeudados, pero éstos tenían la obligación de cancelar un peso de deuda con el Central por cada peso de Cedros pagado a los ahorristas antes de tiempo.
Lo que se elimina con la circular de ayer es esa obligación, que frenaba la devolución para algunas entidades, y las ponía en desventaja comercial frente a otras.
El monto de depósitos en pesos es menor que el 3 por ciento del total de reprogramados, un dato que los directores del Central tuvieron en cuenta a la hora de tomar la medida, ya que no supone una exposición demasiado grande en términos de liquidez para esos bancos.

Es el 3% de la plata acorralada
Según estimaciones privadas los beneficiarios de la flexibilización son ahorristas que mantienen congelados en Cedros unos 400 millones de pesos.
Para devolver los Cedros pesificados originalmente en dólares, los bancos seguirán sujetos a la condición de remitir al Central la misma suma que reintegren a los tenedores.
La norma emitida ayer modificó el régimen de reprogramación de depósitos, aunque mantiene el poder de veto por parte del Central, que "podrá ordenar la suspensión de la oferta de mejora en el caso de que determine, según las evaluaciones que realice, que la entidad no se encuentra en condiciones de observar" los parámetros de liquidez necesarios.
"Las entidades que mantengan deudas por financiaciones otorgadas por el Banco Central también podrán acordar mejoras siempre que cuenten con la autorización de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias", aclara la circular.



Nielsen compartió un seminario con Anne Krueger.
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