El Ministerio de Economía autorizó el traslado del impuesto a los débitos y créditos en las facturaciones finales del usuario de telefonía fija, y dispuso la metodología para definir el monto correspondiente a cada factura, según la resolución 72 publicada ayer en el Boletín Oficial. La norma establece una fórmula para definir la incidencia mensual del impuesto a los créditos y débitos que podrá trasladarse a la facturación del servicio básico telefónico, similar al mecanismo que se implementó para las empresas de gas. Hasta ahora Telefónica de Argentina era la única empresa que había trasladado a la factura final de sus clientes un porcentaje de lo que pagaban por impuesto a los débitos y créditos; y mantuvo su postura pese a que la Comisión de Comunicaciones la intimó a abstenerse de continuar en la misma. La norma resuelve que los importes ingresados al fisco en concepto de este impuesto con anterioridad a la fecha de la resolución, quedan "comprendidos en el proceso de renegociación" de los contratos y tarifas de servicios públicos.
| |