Ignacio Vitelleschi Y Gabriela Tozzini (*)
Desde sus orígenes, la Argentina fue el campo. El campo determinó la historia, la economía, la política, lo social, lo cultural, etc. Y el campo fue siempre el motor de los grandes procesos económicos, generando crecimiento y desarrollo. Durante mucho tiempo, el régimen de retenciones, la regulación y demás males de una economía dirigista e intervencionista afectaron al sector. Más tarde, liberado de estos pesos, debió acomodarse a un tipo de cambio alto que lo obligó a transformarse para competir. Devaluada la moneda en 2002, una nueva oportunidad se presentó al sector pero otros males aparecieron de inmediato: nuevamente las retenciones, el costo de los insumos importados, etc. No dudamos que una vez más logrará superar los escollos, como lo ha hecho a lo largo de todo este tiempo, encontrando a cada problema una solución, creciendo y reconvirtiéndose día a día para generar cada año una verdadera revolución productiva en nuestras pampas. Sin embargo, cada vez que el productor le encuentra la vuelta al problema, uno nuevo aparece que le oscurece el horizonte y lo hace dudar un tiempo hasta que vuelve a salir para adelante. Ahora aparece un problema impositivo que no es nuevo, que lo conocemos de antaño y que estuvo hibernando durante una década. Un problema que tuvo y tiene soluciones pero que en su actual versión el gobierno de turno que lo ha provocado no se la quiere dar. Se trata de los inconvenientes derivados de la no implementación de un mecanismo que permita evitar las distorsiones que ocasiona la revaluación de los activos como consecuencia de la devaluación de la moneda en el impuesto a las ganancias. O dicho de otro modo, que estamos hablando del problema generado por la negativa del gobierno a aceptar la aplicación del mecanismo de "ajuste por inflación" que fue la solución que la Argentina de la inflación tenía para este desfasaje. Es que siguiendo el criterio que pretende hoy el fisco, un contribuyente del impuesto a las ganancias tenedor de bienes de cambio cuyo valor se incrementó en pesos como consecuencia de la devaluación de la moneda nacional debe tributar por una renta ficticia, que nunca obtuvo. Caso contrario, de aplicarse algún mecanismo corrector de este defecto, el contribuyente pagará su impuesto en base a una renta real, como debe ser. Este inconveniente afecta, entre otros contribuyentes, principalmente al sector agropecuario. La mera tenencia de granos, animales u otros bienes de cambio, no genera a su tenedor ningún rédito. Sin embargo, quienes hayan tenido o tengan que presentar su declaración jurada de ganancias, ya sabrán que deben pagar un impuesto varias veces superior al real, viendo afectado así su patrimonio. No creemos necesario decir que las soluciones que el gobierno pretende implementar, reduciendo parcialmente la alícuota del impuesto, no resuelven en absoluto el problema. Por el contrario, el inconveniente sigue vigente y se advierte como una forma de generar recursos para el Estado. Recursos que no respetan en nada esenciales principios constitucionales como son la capacidad contributiva y la no confiscatoriedad. Recursos tributarios cuyo hecho generador no es más que una renta ficticia. Pero, por más que nuestros gobernantes sean adictos a la ficción (y en materia tributaria la adicción ya es un vicio) el contribuyente no puede ser quien sufra las consecuencias de la misma. Máxime cuando la ficción llega al extremo de negar la vigencia del mecanismo que permite evitar el problema. El "ajuste por inflación" no fue derogado hasta el momento y, por ende, como han desaparecido las condiciones que llevaron a su suspensión, éste ha renacido plenamente con todos sus efectos. En una época en la que desde el poder se pretende reducir a la condición de súbditos a los ciudadanos, no es extraño encontrar actitudes de este tipo. Si con un par de decretos se privó a millones de depositantes de su patrimonio, expropiándoseles en forma vil los ahorros de toda una vida confiados a entidades financieras públicas o privadas, dando por tierra con toda la normativa constitucional y legal tuitiva del derecho de propiedad, no sorprende a nadie que también se pretenda, caprichosamente, sostener que deban tributar rentas quienes no las obtuvieron. Y, como respecto de las víctimas del "corralito financiero", a las víctimas del "impuesto a las rentas ficticias" sólo les quedará la esperanza de que el Poder Judicial, con fallos sensatos y justos, equilibre la balanza resolviendo, conforme a derecho, una ola de causas que sólo por avidez recaudatoria o por ceguera voluntaria el gobierno no está dispuesto a evitar. (*) Abogados tributaristas. Directores de la carrera de "Abogado Especialista en Derecho Tributario" (Facultad Católica de Derecho).
| |