Año CXXXVI
 Nº 49.691
Rosario,
sábado  14 de
diciembre de 2002
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Los contratiempos más comunes están relacionados con el historial de aportes
El 65% de los trámites jubilatorios es rechazado en la primera presentación
Las certificaciones de los antecedentes y las pruebas vinculadas definen el acceso a ese beneficio

El 65 por ciento de los trámites jubilatorios son rechazados en la primera presentación de los beneficiarios por falencias en la certificación de los antecedentes, datos o pruebas de los aportes. Según estimaciones extraoficiales, a principios de este año ese porcentaje representaba 140 mil expedientes que se demoraban en las oficinas de la Administración Nacional de Seguridad Social (Ansés). El director ejecutivo del organismo, Sergio Massa, admitió que "es importante el porcentaje de las personas que no reúne los requisitos necesarios al iniciar las gestiones y sufre demoras e inconvenientes".
Como para "curarse en salud", la Ansés dio a conocer una guía de las tramitaciones para quienes, estando en actividad, les falta poco para jubilarse. "El objetivo es tener mayor celeridad en los trámites y evitar trastornos a quien los realiza", dijo Massa.
Antes de iniciar el trámite para obtener una jubilación es necesario reunir una serie de condiciones, partiendo de la diferenciación de los aportes a la Caja de Autónomos de los efectuados en relación de dependencia. Es posible que algunos, a lo largo de su actividad laboral, hayan alternado estos campos. Tales requisitos deben ser reunidos en base a cada uno de los trabajos por los que la persona ha pasado, sea en uno u otro campo, o en los dos. En la medida en que no se reúnan las pruebas de los aportes realizados en algún trabajo, no habrá forma de liquidarlos en el trámite jubilatorio.
Si la persona es o fue trabajador autónomo, deberá solicitar en la Ansés su informe histórico, donde constan sus datos de afiliación. Este certificado deberá presentarlo en la Afip o la DGI para efectuar la solicitud de determinación de deuda (formulario de Afip Nº577/A).
En caso de haberse desempeñado como trabajador en relación de dependencia, deberá presentar un certificado de servicios y remuneraciones (formulario de la Ansés NºPS6.2), expedido por el o los empleadores. En caso de haber cesado su actividad, se deberá presentar, además, el formulario por afectación de haberes (formulario de la Ansés NºPS6.1). Cabe aclarar que los dos formularios deben ser certificados por autoridad competente (bancaria, judicial, notarial o de la Ansés).
En caso que ya no existan las empresas en las que el beneficiario trabajó, deben presentarse como pruebas un comprobante de la inexistencia de la empresa en la cual la persona ha trabajado, mediante un telegrama al empleador solicitando el certificado; los recibos de sueldo, un comprobante de afiliación a obras sociales o gremios. Esa documentación debe ser acompañada con una declaración jurada testimonial acreditación de servicios, con dos testigos por cada una de las empresas desaparecidas.
Para acreditar los años de servicio, también son útiles las libretas de trabajo, de maternidad, de trabajo a domicilio, de afiliación a industria, de fondo de desempleo, entre otros documentos.



Sergio Massa pretende mayor rapidez para las gestiones.
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