Carina Bazzoni / La Capital
El proyecto se presentó ayer a la mañana en Rosario. Y en escasas horas cosechó una catarata de discursos tanto a favor como en contra. Es que el diputado socialista Rubén Giustiniani ingresará el jueves en la cámara baja de la Nación una iniciativa para despenalizar a las mujeres que se sometan a un aborto y, a su vez, extender esta medida a los médicos que realicen esta práctica, siempre y cuando esté en juego la salud física o psíquica de la paciente, el embarazo provenga de una violación o estupro, o el feto no tenga posibilidad de vida intrauterina. "En ningún caso estamos planteando la legalización del aborto -aclaró Giustiniani- sino su despenalización, para poder dar respuesta a miles de casos concretos de mujeres que llegan con grandes infecciones a los efectores públicos después de someterse a abortos clandestinos". La propuesta es clara y su redacción no ocupa más de una carilla. El artículo primero contempla que "el aborto practicado por un médico diplomado, en centros o establecimientos sanitarios públicos o privados, con consentimiento de la mujer embarazada no es punible cuando existe un riesgo grave de salud física o psíquica para la mujer, si el embarazo proviene de una violación o estupro, o cuando el diagnóstico médico certifique la inviabilidad de vida extrauterina del feto". Y en segundo lugar deroga el artículo 88 del Código Penal que sanciona a las mujeres que se sometan a estas prácticas. En cambio, los fundamentos del proyecto se extienden en 12 páginas donde se especifican, entre otras cosas, estadísticas de abortos que se realizan en el país, considerándolos una "verdadera mortal endemia", cuestiones de derecho internacional y salud reproductiva, legislación comparada y consideraciones sobre las consecuencias que tiene la penalización, principalmente para las mujeres más pobres. Actualmente, la práctica del aborto es un delito. Y las mujeres que deciden interrumpir su embarazo o brinden su consentimiento para la realización de esta práctica están penadas con prisión de uno a cuatro años. Las únicas excepciones que admite el Código Penal son las violaciones de mujeres dementes, o cuando la gestación pone en riesgo la vida de la mujer, aunque en la mayoría de los casos estas salvedades no son atendidas. Es más, un fallo de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe dictado en 1998 obliga a los médicos a denunciar a las mujeres que se practiquen un aborto, violando el secreto profesional. Aun así, se estima que en el país se practican unos 500 mil abortos clandestinos por año. Siendo la interrupción de embarazos la principal causa de muerte materna y el primer motivo de internación, excluyendo el parto, de mujeres en los hospitales públicos. En Rosario, cada una de las maternidades públicas atiende diariamente a una mujer con complicaciones producidas por la interrupción de un embarazo. Y la tercera parte de las camas de mujeres en hospitales municipales o provinciales están ocupadas por patologías derivadas de estas prácticas. La redacción del proyecto contó con el trabajo de la Comisión de la Mujer del Partido Socialista. Su presidenta, la concejal de Rosario Silvia Augsburger, consideró que con esta iniciativa "sólo queremos proteger la vida de un montón de mujeres" que padecen infecciones producto de la interrupción de embarazos en forma clandestina. "Pretendemos que estas mujeres puedan llegar al hospital y ser atendidas sin que tengan temor de ir presas", explicó Augsburger. Por su parte, Giustiniani confió en que "la mayoría del interbloque del socialismo apoyará la propuesta", y anticipó que también contará con el aval "de un número importante de legisladoras de otros bloques", tal cual como ocurrió con el debate sobre la ley de salud reproductiva "donde muchas mujeres del justicialismo o la Unión Cívica Radical se encargaron de llevarlo adelante".
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