| | Vuelve a investigarse un confuso homicidio Mató a un joven en Vera Mujica al 3400 y para un juez fue defensa propia. Ahora deberán evaluarse otras hipótesis
| La Cámara Penal dejó sin efecto el sobreseimiento dictado por un juez contra un hombre que mató de un escopetazo a un joven cuando presuntamente robaba en su camión. El magistrado había juzgado que el autor del disparo actuó en defensa propia pero los camaristas dijeron que el caso es "muy confuso" y deben investigarse otras hipótesis, incluida la del homicidio simple. Esto podría obligar al juez a ordenar la detención del acusado, que ya había sido excarcelado. El caso involucra a Abelardo Sergio Ricardo Boja, un camionero de 36 años que confesó haber sido quien disparó contra Cristian Martín Espinoza alrededor de las 22.30 del 11 de abril de este año. El episodio ocurrió en Vera Mujica al 3400, frente a la casa del autor. Boja declaró que salió a la calle con su escopeta porque su mujer vio a dos jóvenes robando dentro de su camión, estacionado frente a la vivienda. Según su versión, los intrusos estaban armados, aunque esto nunca se comprobó. Sin embargo, el camionero dijo que no quería matar a nadie y que el tiro mortal se le escapó cuando el arma golpeó contra una reja. "Fue accidental", argumentó. Espinoza recibió un disparo en la ingle y quedó herido en el lugar, mientras el otro muchacho escapó. Una patrulla del Comando Radioeléctrico lo llevó hasta un hospital pero el joven murió un rato después. Y Boja fue detenido. Después de tres meses de investigación, el juez de Instrucción Osvaldo Barbero aceptó la versión del camionero y le dictó el sobreseimiento. Para el magistrado, el homicida había actuado en defensa propia y por lo tanto no había nada para reprocharle. Pero la fiscal Cristina Rubiolo apeló y más tarde su colega José María Peña dijo que la legítima defensa de ninguna manera había sido probada. Para Peña se trató de un caso de justicia por mano propia y así debe ser investigado. El abogado de Boja, Rubén Navas, sostuvo lo contrario e insistió con la tesis de que la vida de su cliente corría peligro y que esa circunstancia justifica su reacción. Ahora la Sala IV de la Cámara Penal dijo que el caso es muy confuso y que con los indicios reunidos en la causa es muy prematuro aceptar la hipótesis de la defensa propia. Por eso revocó el sobreseimiento e instruyó al juez Barbero para que profundice las pesquisas sin descartar otras hipótesis, como la del homicidio simple o incluso el disparo accidental. Para Boja la diferencia no es poca cosa. Si se prueba que mató para defender su propia vida, quedaría libre. Lo mismo ocurriría en caso de que se comprobara un exceso de la legítima defensa. Distinto sería si se demuestra que mató injustificadamente: en este caso habría cometido homicidio simple y le correspondería una pena mínima de 8 años de prisión.
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