Año CXXXV
 Nº 49.621
Rosario,
viernes  04 de
octubre de 2002
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El alto tribunal abrió una puerta para avalar el canje de bonos
La Corte Suprema dio una señal: paró la devolución de un depósito
Fue en el juicio de una ahorrista. Tenía sentencia firme. Ahora el expediente se traslada a las partes

La Corte Suprema de Justicia postergó ayer la devolución de depósitos a una ahorrista, al entender que a partir del decreto que estableció un nuevo menú de bonos (Canje II) y la apertura parcial del corralito debe darle "traslado a las partes". Así lo informaron ayer fuentes judiciales, que precisaron que la mujer tenía sentencia firme de Cámara no sólo por la medida cautelar sino también por el fondo de la cuestión.
La decisión que afecta a un caso en particular puede ser leída como una señal de paz de parte del máximo tribunal hacia el gobierno, precisamente en el momento en que la Corte debe decidir si avala o no un fallo de la Cámara en lo contencioso administrativo contra la pesificación de los depósitos. Esta resolución también mantiene latente la idea de un posible aval de la Corte al canje de los depósitos por bonos, que surge tras el segundo plan canje propuesto por el gobierno a los ahorristas, que se encuentra actualmente vigente.
La Corte, por cinco votos a uno, resolvió correr traslado a las partes para que se pronuncien sobre el decreto 1836 y sólo después decidirá si efectiviza o no la devolución del dinero en efectivo.
Los jueces Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo López, Augusto Belluscio y Carlos Fayt se inclinaron por hacer lugar a un dictamen de la Procuración General de la Nación, que había aconsejado darle traslado a las partes.
El ministro Adolfo Vázquez votó en disidencia; Gustavo Bossert y Enrique Petracchi no se pronunciaron pues están excusados en todas las causas por corralito y Antonio Boggiano no lo hizo porque está fuera del país.
La medida desató discrepancias en el seno de la Corte, ya que virtualmente implica un nuevo paso en un hipotético aval a los nuevos bonos que, según un criterio que empieza a predominar entre los ministros, respetan el principio de propiedad. Para avalar esa postura, sostienen que la posibilidad de suscribir bonos en dólares o en pesos con garantía estatal de su devolución en el equivalente en moneda estadounidense, el principio de propiedad estaría a salvo.

El caso en cuestión
La decisión adoptada ayer por la Corte corresponde al caso de la ahorrista Mirta Beratz, cuyo expediente llegó al alto tribunal con fallo confirmado por Cámara sobre el fondo de la cuestión. Las fuentes no revelaron el monto ni en qué banco tenía depositados la mujer sus ahorros.
En su acuerdo del 19 de setiembre pasado, la Corte había postergado una resolución sobre una cautelar en favor de un ahorrista chubutense pues había decidido analizar el nuevo decreto del gobierno sobre canje de depósitos por bonos.
En aquella oportunidad, un ministro había adelantado que "se está analizando, a partir del nuevo decreto, si el expediente en cuestión podría devenir abstracto".
Ello implicaría que, por otra vía diferente a la judicial, los magistrados darían por solucionado el conflicto por el cual el ahorrista Antonio Miguel Acerbo reclama por la devolución en moneda originaria de un depósito por 1,2 millones de dólares en el Banco de Chubut. Sin embargo, una semana después decidió nombrar conjueces para destrabar ese caso.
El eje de la discusión parece pasar ahora por el decreto 1836, emitido por el Poder Ejecutivo el 16 de setiembre, bajo el título de "Reordenamiento del sistema financiero".
Ese decreto fija nuevas pautas sobre el "canje directo de títulos públicos, canje II de los depósitos en el sistema financiero, suscripción de bonos, recompra de certificados de depósitos reprogramados y otras disposiciones". Esa norma legal fija la liberación de depósitos hasta siete mil pesos el 1º de octubre y ofrece como alternativa a los ahorristas optar por un bono del Estado o de los bancos con seguro de cambio a cargo del Estado.
Además, fija un menú de opciones para la recuperación de los depósitos, mediante bonos del estado con vencimiento en el 2013, en dólares, con amortización a partir de abril de 2006, a una tasa que no podrá superar el tres por ciento anual.
En ese menú aparecen letras de plazo fijo con vencimiento en 2013, en ese caso en pesos más CER con una tasa de interés anual que deberán emitir los bancos, pero con una garantía del Estado para que al momento del recupero los ahorristas puedan obtener sus montos en dólares. Ante esas opciones, los ministros entenderían que los ahorristas tienen garantizado el recupero de sus depósitos en moneda original.



La Corte manda mensajes de paz al Ejecutivo nacional.
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