 |  | Un fallo judicial generalizó el pago de deudas con títulos
 | La Justicia federal de Junín, ciudad situada en el centro de la provincia de Buenos Aires, habilitó a todos los deudores del sistema financiero a pagar sus obligaciones con títulos públicos sin perjuicio de la categoría de morosos que registren. El fallo lo determinó el juez federal de Junín, Carlos Compaired, al dictar sentencia definitiva en un recurso de amparo presentado por un productor agropecuario de la ciudad de 9 de Julio, en el noroeste bonaerense. "Todos los deudores sin perjuicio de la categoría que registren podrán cancelar obligaciones del sistema financiero dando en pago títulos públicos de la deuda nacional a su valor técnico", indicó el fallo.La sentencia declaró inconstitucional las normas establecidas en los artículos 39 del decreto 1.387 del año pasado, y el artículo 6 del decreto 1.570 de ese año correspondiente a la comunicación A3398 del Banco Central. Estas normas exigían la previa conformidad del acreedor para que los deudores puedan pagar la deuda con los bonos. Antes de este fallo los que podían utilizar bonos eran deudores categoría 4 alto riesgo, los categoría cinco irrecuperables y los 6 irrecuperables por decisión técnica. Ahora entran todos.
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