Año CXXXV
 Nº 49.562
Rosario,
martes  06 de
agosto de 2002
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Buscan modificar el Código Procesal Civil provincial y reemplazar los remates
Proponen que la ejecución de inmuebles se realice por el sistema de licitaciones
La idea es de la Corte Suprema y está en el Senado. Quieren evitar así los incidentes en las subastas

Carlos Duclós / La Capital

La Corte Suprema de Justicia de la provincia impulsa un proyecto para que la ejecución de inmuebles se realice mediante licitación y no por el sistema de remates, como ocurría hasta ahora. Es que en pocos días más finalizará la suspensión de las subastas que regía por un decreto del gobierno nacional y se teme que se produzcan los ya típicos incidentes en este tipo de operaciones. La propuesta, que ya se encuentra en el Senado santafesino, incluye la reforma del Código Procesal Civil.
La iniciativa fue presentada al máximo órgano judicial santafesino por uno de sus ministros, Mario Netri, luego de que el funcionario recibiera la inquietud de varios camaristas y jueces del fuero civil que trabajaron en el proyecto. Propone la alternativa de la licitación mediante la presentación de sobres cerrados en los juzgados, con las ofertas para la compra del inmueble ejecutado.
Esto aparece en el marco de la finalización del período de suspensión de los remates judiciales, que operará el próximo 13 de este mes.
La propuesta, que ya se encuentra en el Senado santafesino, comprende la inclusión de un nuevo artículo en el Código Procesal Civil de la provincia, en el que se considera que en el caso de un remate de un inmueble "el juez de la causa podrá ordenar que la venta se realice mediante el procedimiento de licitación, al que se aplicarán las normas establecidas para los remates".

Los detalles
Se añade que "el martillero designado proyectará el pliego de condiciones, cuyo contenido definitivo será decidido por el juez", y se establece que en dicho pliego deberá figurar la base del precio, condiciones de venta, descripción y ubicación del inmueble y su estado de ocupación. Al decidir sobre el contenido del pliego el magistrado fijará el día y hora hasta el cual los interesados podrán formular sus ofertas.
Respecto de los edictos, el proyecto plantea que deberán indicar la ubicación del inmueble, su descripción, las condiciones de venta y el lugar, la fecha y hora hasta los cuales se podrán presentar las ofertas.
De aprobarse la iniciativa, las ofertas deberán presentarse en la secretaría del juzgado, "cerradas mediante el procedimiento de plegado sobre sí mismas en el formulario tipo que el martillero actuante confeccionará y pondrá a disposición de los interesados". En el formulario los oferentes indicarían sus datos personales, el precio ofrecido, su firma y la declaración de conocer y aceptar las condiciones de ventas establecidas.
En el proyecto se establece que cada oferente deberá adjuntar a su oferta una boleta de depósito judicial a la orden del juez o cheque certificado por el diez por ciento del precio ofrecido y al importe de la comisión del martillero, para que sean restituidos en caso de no resultar adjudicado".
El procedimiento de apertura de las ofertas sería en acto público. "La adjudicación -define el proyecto de la Corte- será resuelta por el juez y deberá recaer en la oferta que ofrezca el precio más alto". A la vez, "en caso de que se presentaran dos o más ofertas iguales y fueran las más altas, el juez deberá correr traslado por el término de tres días hábiles a los oferentes que se encontraran involucrados en dicha situación a los fines de hacer conocer tal circunstancia, y en su caso mejorar la originaria. Este procedimiento se seguirá hasta que se obtenga una única oferta mayor a las demás".
La iniciativa nació como consecuencia "de las serias dificultades para realizar remates durante el año pasado", admitió ayer un funcionario judicial a La Capital. "En algunos casos -sostuvo- estas dificultades fueron más allá de conflictos sociales atendibles". Y si bien consideró que hay casos sociales que merecen ser atendidos por la legislación actual, la ley no ampara a los deudores cuyas viviendas únicas deberán ser ejecutadas. "Por el solo hecho de ser vivienda única no puede frenarse el remate, salvo que se modifique la actual ley", agregó la fuente consultada.
Algunos jueces civiles de Rosario se mostraron a favor de reformar la legislación vigente de manera de que se prohíba la ejecución de las viviendas únicas. Pero hasta ahora los funcionarios coinciden en que "hay dos circunstancias muy tensas: problemas sociales reales y que en determinado momento hay que liquidar los bienes".
La alternativa de presentar sobres cerrados en los juzgados proponiendo ofertas de compra, en reemplazo de las clásicas reuniones para las subastas, apunta a evitar incidentes. Además, según muchos operadores judiciales, "pondrá freno a los grupos que se ocupaban de adquirir viviendas en remates mediante maniobras poco claras" y que tiempo atrás determinó la actuación de la Justicia penal.



Instalaron carpas de protesta en la plaza San Martín.
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