Un fallo de la Justicia federal santafesina, que ordenó la devolución de 12.600 dólares "en el término de diez días" a una ahorrista que planteó un recurso de amparo con el fin de obtener la restitución de un depósito a plazo fijo, declaró inconstitucionales todas las normas dictadas a partir del mes de diciembre pasado por las cuales se instauró el corralito. "El conjunto de normas que dispuso el corralito financiero son el resultado de la ligereza, imprevisión y lesión cierta a nuestra norma federal más importante", ya que "el ahorrista en la Argentina ha sido despojado de su dinero, avasallándose sus derechos y colocando a la seguridad jurídica en una crisis", fundamentó el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez en la sentencia. Según el magistrado las leyes que instauraron el corralito son "violatorias de los derechos y garantías establecidos en los artículos 14, 16, 17, 28 y 31 de la Constitución Nacional y de los pactos internacionales de rango constitucional". El fallo, sin precedentes en la ciudad de Santa Fe, fue dictado en el marco de un recurso de amparo entablado por Norma Facunda Martínez contra el Banco Nación. La mujer constituyó el 24 de setiembre del año pasado un depósito a plazo fijo en la sucursal Coronda del Banco Nación por la suma de 12.639 dólares. Tras la incautación de los depósitos dictada por el ex ministro de Economía Domingo Cavallo, Martínez resolvió acudir a la justicia mediante un recurso de amparo. Al resolver la cuestión de fondo, la resolución judicial dictada por Rodríguez en las última horas carga contra la ley de emergencia, debido a que este tipo de normas se vienen imponiendo en el país desde hace 80 años "creando un sistema jurídico de la emergencia". El magistrado también impugnó los decretos de pesificación porque "importan un avasallamiento de los derechos adquiridos de los particulares". Y dispuso la devolución del dinero en la misma moneda de origen o en su defecto pesos convertidos a la cotización al cierre de las operaciones del día anterior.
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