| | Parecía un duelo criollo, fue un crimen común Dos hombres se batieron a cuchillo en barrio Las Flores. El que se impuso dijo que fue un reto
| Jorge Salum / La Capital
Que Lázaro Daniel Olguín mató a Pastor José Rojas nunca estuvo en duda. La cuestión era dilucidar por qué lo hizo y por sobre todo en qué circunstancias. ¿Los protagonistas de esta historia se batieron en un duelo criollo, como concluyó el juez que investigó el crimen en su momento, o fue un acto de legítima defensa del acusado ante una agresión potencialmente mortal por parte de la víctima? Nada de eso. Según se estableció en el juicio escrito que acaba de concluir, no hubo ni duelo ni defensa propia sino un homicidio a secas. Lo prueban los testigos, las pericias y sobre todo las marcas que quedaron en el cuerpo de la víctima: varios puntazos en distintos lugares del abdomen derrumbaron la hipótesis de un acto defensivo por parte del homicida. El caso se remonta al 17 de junio de 2000 y ocurrió en el barrio Las Flores, al sur de la ciudad. Fue protagonizado por dos marginales sin instrucción y bebedores empedernidos. No sólo se conocían sino que mantenían una relación que fluctuaba entre la amistad y las peleas, casi siempre enmarcadas en las más profundas borracheras. El día que finalmente Olguín mataría a Rojas hubo una discusión previa y un desenlace quizás previsible: acostumbrados a usar cuchillos, los dos los esgrimieron como amenaza ante el otro cuando el duelo verbal subió de tono y se convirtió en una pelea abierta. Rojas, al ver el cuchillo en la mano de su adversario, se envolvió la mano izquierda con su campera y se colocó en actitud defensiva. Fue este gesto el que hizo pensar en un duelo criollo, en el que debe existir un desafío y un consentimiento mutuo para dirimir las diferencias con los códigos de las armas. Por eso el juez Jorge Juárez procesó a Olguín por duelo agravado, un delito cuya pena máxima es de 4 años de prisión. Pero en el juicio realizado posteriormente por el juez Julio Kesuani esta hipótesis quedó descartada: Rojas no tuvo aquel gesto como señal de aceptación de un duelo sino como una defensa ante la agresión armada de su oponente. Más tarde la defensa de Olguín intentó otra coartada: su cliente, dijo, se había defendido de un ataque que implicaba un riesgo concreto para su vida. Después de escuchar a los testigos y de examinar las pericias, Kesuani llegó a la conclusión de que esta posibilidad (el homicidio en legítima defensa tiene una pena máxima de 3 años) también debía ser descartada. Entonces sólo quedaba una alternativa: el homicidio simple. Para el juez es la única manera de interpretar el caso y explicar el desenlace de una pelea sin un móvil claro. El autor fue condenado a 10 años de prisión aunque no se trata de un caso cerrado porque Olguín apeló y la causa será revisada por otros magistrados.
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