Año CXXXV
 Nº 49.385
Rosario,
sábado  09 de
febrero de 2002
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Proponen indexar créditos con aumentos de salarios
Es un proyecto del senador Gioja. Apunta a beneficiar a deudores de préstamos hipotecarios

El impacto de la pesificación podría ser menor de lo previsto para quienes accedieron a un crédito para compra, construcción o reforma de vivienda única y familiar. Esto, si prospera un proyecto de ley presentado por el senador sanjuanino José Luis Gioja, que prevé que este tipo de préstamos se adecuen a los salarios, exceptuándolos de lo dispuesto en los artículos 4 y 8 del decreto del Poder Ejecutivo Nacional del 3 de febrero.
Existe inquietud en los deudores hipotecarios porque luego de un plazo de 180 días las cuotas comenzarían a pesificarse con un método que algunos ven similar al de la fatídica Ley 1.050. El proyecto de Gioja apunta ahora a evitar efectos de engrosamiento de deuda mediante la aplicación a las cuotas que estén impagas después del plazo de 6 meses de un índice de actualización que sea igual al del incremento de los ingresos de los deudores y no uno que produzca los efectos nefastos de la 1.050.
El decreto 214 fijó las reglas generales para las deudas y créditos comprendidos en el sector financiero, comercial y privado en general. En su artículo 3 estipula que "todas las deudas en dólares u otras monedas extranjeras con el sistema financiero, cualquiera fuera su monto o naturaleza, serán convertidas en pesos a razón de un peso por cada dólar o su equivalente en otra moneda extranjera. El deudor cumplirá con su obligación devolviendo pesos a la relación indicada". En tanto, el artículo 4 define los mecanismos de ajuste: "A los depósitos y a las deudas referidas se les aplicará un coeficiente de estabilización de referencia, que será publicado por el BCRA. Además se aplicará una tasa de interés mínima para los depósitos y máxima para los préstamos".
En este sentido, Gioja advierte que "si bien se pesifican las obligaciones, también quedan sujetas a un mecanismo de actualización y al pago de una tasa de interés máxima. Es imposible predecir cuál será el impacto definitivo del llamado "coeficiente de estabilización de referencia" y la tasa de interés, en momentos en que los salarios o están congelados o bien sujetos a reducciones", afirma en los fundamentos de la norma.
En el artículo 2 del proyecto de Gioja consta que "los deudores cancelarán sus obligaciones en pesos a la relación indicada en el decreto mencionado (un peso por cada dolar). A partir del 3 de febrero del 2002 sólo podrá incrementarse el monto de las obligaciones a cargo de deudores, en función de la aplicación del coeficiente de variación de los salarios que confeccionará y publicará el Ministerio de Economía". En los fundamentos, el legislador hace hincapié en que las recientes medidas económicas originaron reclamos de distintos sectores sociales afectados.


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