No hay precisiones sobre cómo hará el gobierno para salir del denominado "corralito financiero" impuesto por el ex ministro Domingo Cavallo hace un mes atrás. El primer borrador de la ley de emergencia pública y de reforma del régimen cambiario señala que "será respetado el capital y la moneda de denominación de los depósitos de los ahorristas en los bancos pero serán reestructuradas las tasas y los plazos de devolución según la solvencia del sistema financiero en el futuro".
Para ello, se suspenden por dos años, y hasta que finalice el corralito, la ley de intangibilidad de los depósitos que impide, entre otras cosas, reprogramar vencimientos de plazo fijo.
Por otra parte, la Corte Suprema de Justicia reclamó ayer sumarios por vía del per saltum y la semana que viene fallaría en favor del "corralito", mientras que el Banco Central pide frenar los retiros de los porteños autorizados por el juez Silvia Garretón.
Ayer por la tarde, los principales banqueros de la Argentina se reunieron con el titular del Banco Central, Roque Maccarone, y le pidieron explicaciones sobre el alcance de las medidas sobre el sector financiero.
Según señalaron fuentes del sector, la reunión la solicitó Manuel Sacerdote (BankBoston), y participaron también Eduardo Escasany (Galicia), Enrique Cristofani (Rio) y Jaime Guardiola (Francés) para que se explique "cómo quedará el descalce de las entidades en el supuesto caso que prospere el proyecto de ley". La fuente explicó que la consulta de los bancos se centra en que con las supuestas medidas que hasta ahora se conocen, nadie sabe a cuánto ascienden los depósitos en dólares inferiores a los 100 mil dólares.
"Sabemos que hay depósitos por más de 70 mil millones de dólares, que de esa cifra unos 50 mil millones están en dólares, pero no sabemos cuánto de esa cifra es inferior a los 100 mil dólares", reseñó.
Las medidas
Sobre el final de la jornada, trascendió que en el manoseado borrador del Ejecutivo se dejaría sin efecto la "ley de intangibilidad de los depósitos", la garantía que tenían en su momento los ahorristas para recuperar sus depósitos.
En cuanto a las posibles normas para la reestructuración de las deudas, se excluiría en la nueva versión, la parte que indica "contemplando, en particular la situación de las personas físicas y jurídicas cuyas deudas sean de inferior cuantía".
El límite de 100 mil pesos fue uno de los puntos cuestionados por las empresas cuyas deudas superarían ese monto y no había sido considerado en el anterior proyecto.
También estaba en discusión la opción de cobrar derechos a la exportación de hidrocarburos para financiar tal reestructuración, que era el mecanismo para compensar la pérdidas de los bancos ante las medidas anteriores.
"Per saltum"
En tanto, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) recurrió a la Corte Suprema para requerir un pronunciamiento en favor del "corralito" debido a que las medidas mediante las que el juez Martín Silva Garretón amparó a los ahorristas "generaron un caos", dijeron ayer a la noche voceros de la entidad.
"Muchos bancos vinieron a quejarse, recurrimos a la Corte Suprema porque las medidas de Silva Garretón generaron un caos total. Hay una gran indefensión para los bancos, que en algunos casos tienen a los gerentes escondidos porque temen a la presión de la gente que, con las resoluciones judiciales en la mano, quiere cobrar a toda costa", dramatizó una calificada fuente del Central.
En ese sentido, la Corte Suprema de Justicia reclamó por vía del per saltum 38 sumarios que aún se encuentran en trámite para expedirse sobre el fallo judicial que favoreció a los ahorristas porteños.
Se presume que el supremo tribunal fallará entre lunes y martes próximo en sintonía con las aspiraciones de los banqueros que pretenden poner fin a las medidas judiciales que autorizaron retiros de fondos sin las restricciones que fijó el Ministerio de Economía a través del decreto 1570/01, uno de los últimos que rubricó Domingo Cavallo.
Sobre el cierre de la edición, trascendió la inclusión de nuevas medidas en el proyecto que ahora indica que "cuando se dicten medidas cautelares que en forma directa o indirecta afecten, obstaculicen, comprometan o perturben el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado nacional, podrá interponerse recurso de apelación directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
"La presentación del recurso tendrá por sí sola efecto suspensivo de la resolución dictada", agrega la modificación del texto.