La Corte Suprema de Justicia decidirá en definitiva si el tercer senador porteño será Gustavo Beliz, a quien la Cámara Nacional Electoral concedió ayer esa banca, o Alfredo Bravo, quien apelará ante el máximo tribunal. Así lo confirmó el diputado del ARI, Jorge Rivas, uno de los más directos colaboradores de Bravo, a poco de conocerse la decisión de la Cámara que revocó una resolución de primera instancia de la Junta Electoral que había ungido al socialista como senador porteño por la minoría. Por su parte, Beliz calificó como "muy contundente" el fallo y resaltó la "independencia" de ese cuerpo. En un extenso fallo de 58 carillas, la Cámara, con los votos de los jueces Rodolfo Munné, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera, escribió un nuevo capítulo en la ya larga novela por esa banca en el Senado, que ahora pasará a la Corte. El 29 de noviembre pasado, la Junta Electoral porteña, con los votos de los jueces Juan Carlos Dupuy y José Damarco, y sin el de María Servini de Cubría, recusada por Beliz, resolvió que el escaño en disputa correspondía a Bravo por considerar que en su caso debían sumarse los votos de su partido, el ARI, y los de la Alianza Nuevo Milenio, que postulaba como diputado a Juan Carlos Dante Gullo. "Entender que no podrían sumarse los votos de una misma lista obtenidos por dos partidos distintos significaría que dicha nómina competía contra sí misma, dispersando los sufragios de modo tal que sólo servirían a los efectos del cómputo los de la agrupación que sustentara la lista y obtuviera más votos", explicó la Junta en aquella oportunidad. El resultado del escrutinio del 14 de octubre arrojó que Beliz, con su Alianza Frente por un Nuevo País, obtuvo unos 227 mil votos, contra unos 175.500 de Bravo. Pero el socialista, a través de la lista de Nuevo Milenio, sumó 54.000 sufragios, con lo que tuvo un total de 2.500 de ventaja. La Junta Electoral le dio la razón, pero al revisar aquella resolución la Cámara revocó la medida. "La posibilidad de oficializar boletas con idénticas candidaturas no podía suponer inexorablemente la sumatoria de los votos obtenidos por cada una de ellas", dijeron ahora los camaristas. Al entender que los sufragios de ambas listas que llevaban a Bravo no debían sumarse, la Cámara explicó que, si se diera esa hipótesis, "aquellos que votaron que la banca senatorial debería corresponder al Partido Nuevo Milenio" vieron sus deseos "corridos de partido". Los jueces recordaron que el artículo 54 de la Constitución establece que la tercera banca corresponde al partido político que obtenga el segundo lugar en número de votos y el senador será el primero de la lista que resultara segunda en cantidad de sufragios. Además, los camaristas rechazaron el argumento de que no sumar los votos "desvirtuaría el sistema federal de gobierno", ya que esa afirmación "no revela de qué modo consagrar como senador por la ciudad de Buenos Aires al candidato del partido que obtuvo la segunda mayor cantidad de sufragios importaría privar a ésta (la Capital Federal) de su voto en el Senado en igualdad de condiciones con los otros distritos".
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