El gobierno nacional creó por decreto el Fondo de Liquidez Bancaria (FLB) tendiente a evitar problemas en las entidades ante la escasez de dinero en el sistema. El Fondo podrá entregar préstamos a entidades financieras, convertibles o no en acciones; adquirir activos de las mismas y efectuar operaciones de pase con activos que cuenten o no con cotización pública. Regirá por cinco años y podrá otorgar préstamos a entidades y además está destinado a adquirir activos, efectuar operaciones de pase, suscribir o integrar obligaciones negociables o acciones para aumentar el capital; transferir la propiedad fiduciaria y adquirir bienes en garantía. El fondo será administrado por el Seguro de Depósitos Sociedad Anónima, que actuará como fiduciario. Las entidades financieras tendrán que integrarlo suscribiendo acciones por "una suma de hasta el cinco por ciento del promedio de los saldos diarios de los depósitos del sector privado en pesos y en moneda extranjera". El Central podrá establecer un aporte adicional de hasta un 50% del previsto en la creación del fondo.
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