Santa Fe.- La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas de cinco años de prisión efectiva para dos evasores impositivos dispuestas oportunamente por el tribunal oral federal con sede en esta ciudad. En consecuencia los procesados, Mario Daniel Bardina y Héctor Rubén Huguenet, deben seguir detenidos en la cárcel de Las Flores.
Los evasores habían sido condenados el pasado 26 de abril, habiéndose tratado de una de las primeras sentencias que aplicaba una pena de prisión preventiva a evasores de impuestos, por lo que el fallo tuvo una amplia repercusión nacional. Bardina y Huguenet eran operadores en el mercado comercializador de granos y habían efectuado diversas ventas de cereales entre 1994 y 1998, pero por esas ventas no ingresaron al fisco importantes montos en concepto de IVA, los que fueron calculados en casi dos millones de pesos.
Los integrantes del tribunal local, José María Escobar Cello, Ramiro Puyol y Rodolfo Hintermeister, interpretaron que las maniobras realizadas para evadir impuestos fueron dolosas, para lo cual utilizaron como testaferros a personas de escasa condición económica a los que hacían pasar como productores de granos.
Argumentos
La defensa de los condenados, a cargo de Guillermo Zenclussen y Néstor Oroño, apeló la sentencia sosteniendo que todavía no se encontraba firme la determinación de oficio de los impuestos evadidos y en relación a los presuntos testaferros cuestionaron además que se hubiera calificado el delito bajo la agravante de haber utilizado a terceras personas.
Sin embargo, la Cámara de Casación Penal, integrada por Raúl Madueño, Pedro David y Juan Fégoli, avaló la sentencia del tribunal oral, sosteniendo que la ley penal tributaria "no requiere para su configuración la acreditación del elemento subjetivo dolo en cabeza de las personas interpuestas en las operaciones investigadas". La sentencia agrega que dicha norma "no contiene exigencias en cuanto a la firmeza de la determinación de oficio, de la cual surgen los importes evadidos".
Bardina y Huguenet fueron hallados culpables de los delitos de evasión de tributos, evasión impositiva simple y evasión impositiva agravada, por lo que se les impuso la pena a cinco años de prisión, en tanto que Orlando Rubén Serafini fue condenado a dos años y seis meses en suspenso, al ser considerado partícipe secundario de evasión impositiva agravada.