Año CXXXV
 Nº 49.315
Rosario,
jueves  29 de
noviembre de 2001
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Avanza un proyecto para suspender los remates

La Cámara de Diputados aprobó anoche y giró al Senado un proyecto que suspende por 180 días la ejecución de todas las sentencias y trámites procesales correspondiente a concursos preventivos, quiebras y todas las acciones judiciales y extrajudiciales de ejecución de las garantías reales de hipoteca y de prenda.
La iniciativa fue sancionada con el apoyo del justicialismo, el ARI, frepasistas y algunos radicales, mientras que fue rechazada por el Interbloque Federal, un grupo de aliancistas y los cavallistas de Acción por la República.
El proyecto diseñado en base a iniciativas del justicialista Oscar Lamberto y del legislador del ARI Mario Cafiero, declara la "emergencia social y productiva originada en la crisis económica" y en este marco dispone la suspensión de las ejecuciones procesales por 180 días.
Lamberto aseguró que "es imprescindible la sanción en esta crisis económica" y aseveró que "hay que impedir que el martillo del remate les quite la propiedad a los trabajadores de la tierra, producto de generaciones de trabajo familiar, al trabajador independiente que ha puesto como garantía su único bien".
En tanto, el demoprogresista Alberto Natale advirtió que con este proyecto "va a ser más crítica la situación, porque el crédito desaparece" y "permitirá no sólo a los pequeños empresarios sino a los grandes utilizar esta ley".
La iniciativa establece que se "suspende por el plazo de 180 días hábiles la ejecución de todas las sentencias y trámites procesales correspondientes a concursos preventivos, quiebras y a todas las acciones judiciales y extrajudiciales de ejecución de las garantías reales de hipoteca y de prenda".
Además, dispone que en los concursos preventivos cuya apertura no ha sido decretado antes de la vigencia de la ley se prorrogan por 180 días los plazos procesales no cumplidos, al tiempo que se suspenden los trámites de quiebra de los deudores particulares y de las empresas hasta que se haga firme la sentencia.
El proyecto excluye de este beneficio a los casos en los que se hubiera comenzado a cumplir la sentencia de quiebras con la liquidación de bienes, acciones judiciales para efectivizar cuotas alimentarias, los créditos laborales y los provenientes de accidentes y enfermedades del trabajo.


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