Ramón Castro, el docente cordobés de 48 años que raptó a Florencia Soria, su alumna de 14, podría recibir una pena de seis a diez años de prisión, si se llega a calificar el vínculo profesor-estudiante y se constata que mantuvieron relaciones sexuales, afirmaron abogados del fuero penal de la Capital Federal. El abogado Omar Breglia Arias dijo que "el artículo 120 del Código Penal castiga el estupro con una pena de tres a seis años de prisión, en tanto que el artículo 130 castiga el rapto con seis meses a dos años", y que "ambas penas máximas se suman", por lo que allí "ya tendríamos ocho años". Sin embargo, Breglia Arias aclaró que "si el estupro es calificado por el vínculo, ya sea por parentesco o porque él resulta ser responsable de la educación de esa alumna, la pena va de seis a diez años y en este caso se le podría negar la excarcelación, eso siempre y cuando haya habido prácticas sexuales gravemente ultrajantes". Por su parte, el penalista Carlos Araverian explicó que si se confirma que la pareja mantuvo relaciones sexuales con el consentimiento de la menor, el docente "puede tener una pena mínima de tres años y una máxima que sumada puede llegar a ocho, según establece la ley en el caso de un rapto con una finalidad sexual". En este tipo de situación "se presume que por una falta de madurez sexual del menor de 16 años, ha habido una seducción por parte del mayor, que se denomina estupro", precisó el abogado.
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