Año CXXXIV
 Nº 49.079
Rosario,
viernes  06 de
abril de 2001
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Estudian agilizar la eximición de tasas para jubilados con haberes mínimos en Casilda
El Concejo podría reformar los requisitos que contempla una ordenanza confeccionada hace más de 15 años

Casilda. - El Concejo estudia en comisión un proyecto de ordenanza para flexibilizar los requisitos que el Ejecutivo exige para eximir del pago de la tasa general de inmuebles a jubilados y pensionados nacionales, provinciales y municipales que cobren haberes mínimos. La iniciativa fue impulsada por los ediles Daniel Lucci y Pedro Sanitá, y de resultar aprobada dejará sin efecto un decreto que sancionó el cuerpo hace más de 17 años en este sentido pero con mayores requerimientos para los pasivos que deseen acceder a tal beneficio.
Actualmente la Municipalidad exige a los solicitantes ser única fuente de ingreso de su familia, tener una sola vivienda y no recibir ayuda económica de hijos o parientes.
La principal modificación que se proyecta instrumentar con la referida propuesta permite ingresos familiares mayores a los fijados actualmente, aunque no pueden exceder el valor de dos haberes jubilatorios mínimos. Asimismo y si bien se mantiene como requisito indispensable la posesión de solamente un inmueble, en caso de muerte de uno de los cónyuges no se requerirán los trámites sucesorios de la casa.
En este sentido Lucci explicó que "actualmente nos encontramos con varios jubilados que cobran el haber mínimo y, sin embargo, no fueron exceptuados del pago de la tasa municipal porque no pudieron hacer la sucesión y, por ese motivo, la propiedad donde reside no figura a su nombre en catastro".
El decreto que prevé ser derogado fue promulgado por la Municipalidad a principios de 1984 y "quedó totalmente desactualizado si se tiene en cuenta la realidad socioeconómica se está viviendo", sostuvo Sanitá.
"El hecho -añadió- de que queden exceptuados de este beneficio los jubilados que están a cargo de familiares ya no tiene demasiado sentido porque hay abuelos que tienen hijos o parientes que están obligados legalmente a ayudarlos y, sin embargo, no pueden asumir ese compromiso a raíz de problemas económicos".
Los trámites deberán realizarse ante el Departamento Tributario y las presentaciones tendrán carácter de declaración jurada. Cada jubilado o pensionado deberá completar una planilla en esa dependencia y quedará a criterio del municipio la necesidad o no de realizar un estudio socioeconómico, a través del Departamento Servicios Sociales, para corroborar datos.


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