Los delitos cometidos por niños y adolescentes, considerados inimputables para ser sometidos a juicios y recibir condenas, constituyen uno de los principales ejes de debate en la agenda judicial y legislativa de los países del Mercosur, que analizan bajar la franja de responsabilidad penal a los 12 años.
Argentina plantea su propio debate cada vez que un hecho delictivo involucra a menores de edad, como ocurrió el 12 de diciembre último, cuando un adolescente apuñaló a la docente Maritza Teresa Prezzoli en un colegio de Olavarría. Si un chico de hasta 15 años participa de un delito, el juez dispondrá de su tutela; si tiene 16, se le considera "imputabilidad relativa", y a los 18 deberá soportar "imputabilidad plena".
Uno de los más firmes impulsores de la baja de responsabilidad penal es el ministro de Seguridad bonaerense, Ramón Verón, para quien "hay ciertos menores que son muy capaces y que entienden la criminalidad de sus actos y matan con total impunidad". El funcionario precisó que "es necesario hacer un estudio concienzudo y tomar el ejemplo de otros países, donde tuvo éxito en su legislación", en referencia a Gran Bretaña, que instituye la edad de imputabilidad a los 11 años. Sin embargo, algunos especialistas en minoridad no creen que las teorías hagan hincapié en el grado de madurez sino en un proceso mundial que tiende a ampliar el campo de la sanción.
"Los chicos son más inmaduros ahora: reciben mayor información pero no están más formados. No se puede sancionar presumiendo que ese menor sabía lo que quería hacer", reflexionó el abogado Joaquín Darrocha.
Un debate que se extiende
La polémica se extiende al resto de los países que integran el Mercosur. Por estos días, el parlamento chileno discute un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La iniciativa, que cuenta con el acuerdo general de los legisladores, es motivo de polémica en diferentes ámbitos de la sociedad chilena, dividida entre los que creen que la medida no solucionará el problema de la violencia y aquellos que consideran a los adolescentes como "individuos con plena conciencia de sus actos".
Marcela Torres, especialista chilena en violencia juvenil, explicó que "en la actualidad, un niño menor de 14 años teóricamente no puede ser enviado a la cárcel porque la ley de menores contempla lo que los jueces denominan internar por protección".
En Chile, la denominada internación por protección consiste en una citación judicial al chico, más allá del delito cometido, en la que se le pregunta por su familia, si alguna vez estuvo detenido y, finalmente, se lo envía a un centro de menores "por protección". Según Torres: "Allí inician su carrera delictual".
Para la justicia brasileña, la edad de responsabilidad penal se inicia a los 18 años. Antes de eso, los actos de los chicos están encuadrados en el denominado estatuto del niño y el adolescente.
"Ecuación mentirosa"
"Algunos políticos de Brasil advierten que debe bajarse la edad de responsabilidad penal a 16 ó 14 años y creen que, de esa manera, disminuirá la participación de adolescentes en delitos", remarcó Geraldinho Vieira, titular de la Agencia de Noticias de los Derechos de la Infancia (Andi). Para Vieira esa ecuación es "mentirosa", porque en otros países en los que la edad penal es menor no se registran indicios que acrediten una disminución de la violencia.
"Incluso, los traficantes y miembros del crimen organizado captan chicos cada vez más pequeños para involucrarlos en el delito", comentó el especialista brasileño.
En Uruguay, nadie sabe a ciencia cierta cuánto tiempo deberá esperar el nuevo código de la niñez y la adolescencia para ser aprobado por los legisladores uruguayos. Ese código motivó otra discusión en torno a la edad de los menores infractores, al castigo según el tipo de delito y a la creación de Juzgados Letrados de Adolescentes, abocados a las infracciones de los chicos a la ley penal.
La edad de imputabilidad, de 18 años, es materia de diferencias en el ámbito del Congreso uruguayo. En los próximos meses se evaluará la posibilidad de bajarla a 12 años pero bajo un régimen especial que considere el homicidio, secuestro o violación -entre otros hechos- como infracciones y no como delitos.