 |  | Prevén sancionar penalmente a los radiodifusores clandestinos El nuevo proyecto de ley de radiodifusión contempla severas penas para los ilegales
 | El nuevo proyecto de ley de radiodifusión, que el Poder Ejecutivo nacional remitirá al Parlamento en las próximas semanas, contendrá fuertes penas para los responsables de emisiones clandestinas. Entre otros puntos tipifica que aquellos infractores que sean declarados ilegales por el Estado y no cesen en sus emisiones serán pasibles del decomiso de los equipos y antenas, y quedarán sujetos a proceso penal. Alrededor de 5.000 radios emiten en la clandestinidad en todo el país y en Rosario hay más de cien FM en la misma situación. El dato fue revelado por el jefe de la delegación Rosario del Comité Federal de Radiodifusión (Comfer), Ricardo Hugo Brunet, quien explicó que la actual ley de radiodifusión (Nº22.285), que data de 1980, "recepta la filosofía de la doctrina de la seguridad nacional imperante en aquella época, cuando las comunicaciones y la información eran una cuestión de Estado y no se las consideraba como un derecho básico de la población". El delegado del Comfer en Rosario sostuvo que el actual texto legal "no sólo ha sido superado por el avance progresista de la democracia y la consolidación de los derechos y garantías constitucionales, entre ellos el derecho a una información adecuada y veraz, sino que no contempla los avances tecnológicos que en materia de comunicaciones fueron dándose en los últimos años. Para poner un ejemplo, cuando se sancionó la ley de radiodifusión, en 1980, la radiofonía de frecuencia modulada era prácticamente inexistente". "El tema de la clandestinidad -advirtió Brunet- adquiere vital importancia al ser considerada la comunicación como un bien social necesario para el desarrollo cultural, educativo y económico de la población, y esencial para el adecuado funcionamiento del sistema republicano, representativo y democrático de gobierno". La clandestinidad radial tiene, en la visión de Brunet, "múltiples consecuencias disvaliosas para los ciudadanos, para el Estado y también para los radiodifusores que operan con autorización estatal: es un sector de la economía informal que no tributa fiscalmente, que no está sujeto a la fiscalización de los contenidos en perjuicio de los oyentes, que pauta publicidad a muy bajo costo en abierta competencia desleal con aquellos que están encuadrados legalmente y que oblan el impuesto a la radiodifusión, que incumple las normas previsionales y laborales del personal que emplea". Brunet puntualizó que "son ilegales aquellas emisiones que no hayan sido debidamente autorizadas por el Estado nacional o se realicen fuera de los parámetros técnicos fijados en la autorización de la licencia", y detalló que "el proyecto señala que, previa declaración de ilegalidad por el Estado a través del Comfer, los infractores que no cesen en sus emisiones serán pasibles de decomiso de equipos y antenas y sujetos a proceso penal en supuestos de interferencias de áreas protegidas de emisiones de la misma índole, lo que prevé una pena de prisión de 6 meses a 3 años, agravándose si se hubiera ocasionado intimidación pública, que contempla una prisión de 2 a 6 años". "El debate parlamentario de este nuevo proyecto -afirmó Brunet- seguramente lo enriquecerá y es de esperar que a corto plazo Argentina cuente con una nueva legislación en materia de radiodifusión adecuada a la realidad social y a los avances tecnológicos, en salvaguarda del insoslayable derecho a la comunicación y a la información".
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