Carlos Comi (*)
El derecho del consumidor es un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos de implementación consagrados por el ordenamiento jurídico a favor del consumidor para -citando a Gabriel Stiglitz- garantizar en el mercado una posición de equilibrio en sus relaciones con los empresarios. Es, también, una herramienta de protección al usuario frente a deficiencias en la prestación de servicios públicos, hoy en su casi totalidad transferidos al sector privado, o de gestión ante los entes reguladores encargados de velar por la correcta prestación de esos servicios y de proteger los derechos de los usuarios. En síntesis, es un derecho elaborado a favor del débil, de aquellos que por estar en un plano inferior de la sociedad necesitan de una protección más intensa. Para ello, es necesario una actitud firme y decidida del Estado en hacer conocer la buena y profusa legislación existente, garantizar su cumplimiento, y de los ciudadanos de ejercer no sólo sus derechos sino también sus deberes como consumidor. Por ejemplo, tomar el hábito de leer en profundidad folletos explicativos, inscripciones, fechas de producción, ingredientes y garantías. Y, antes de suscribir un convenio, informarse sobre las condiciones de contratación y justo precio. Asimismo, deben accionar y reclamar cuando se comprueban faltas o violaciones a la ley, a fin de lograr su reparación y modificar esas conductas para provecho del interés general. En el ejercicio de estos deberes los rosarinos, si bien nos queda un largo camino por recorrer, avanzamos todos los días y no sólo a través del accionar de entes oficiales, sino de un racimo de organizaciones no gubernamentales del sector que crecen y se ramifican. El vecino se va convenciendo de que su queja es importante y que otros probablemente padecen su misma situación, que nadie le va a regalar nada. Hay que pensar que ninguna de las grandes empresas, que dominan los mercados de bienes y servicios, quieren a consumidores quejándose públicamente en los medios de comunicación, ya que ello es una muy mala publicidad institucional. El consumidor ya no trata con el almacenero del barrio, con el que creció casa por medio. Por ello debe accionar, exigir y reclamar. Y peticionar a los gobernantes, desde la participación comunitaria, que garanticen que en el reino del Dios mercado, el equilibrio que propugna el derecho del consumidor, se cumpla. La ley y la Constitución nacional los amparan. (*) Titular de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor
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