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 martes, 20 de marzo de 2007  
Probation para un evasor

La Justicia Federal decidió que un comerciante rosarino realice tareas comunitarias por evadir impuestos, dejando de lado la norma que sostiene que las personas halladas culpables por este tipo de delito no pueden resultar beneficiadas por la probation.

Fuentes judiciales informaron que el fallo fue dictado por el tribunal oral penal de la Justicia Federal, que dispuso aplicar la probation al evasor -cuyo nombre no trascendió- procesado por la ley penal tributaria. En consecuencia, el comerciante deberá trabajar solidariamente en el Club Ben Hur. "La causa de la deuda económica sigue su curso, fallamos sobre la conducta", dijo ayer la jueza Laura Cosidoy, quien intervino en el juicio.

El fallo declaró además la inconstitucionalidad del artículo 14 de la probation que no permite que se aplique a determinadas normas, como la ley penal tributaria.

La probation es un sistema que prevé la realización de trabajos comunitarios para los acusados que reciban penas de hasta tres años de prisión en determinadas causas como robo simple, tentativa de robo, hurto y daños. Cosidoy recordó que la probation debe proponerla el propio procesado, y que la Justicia lo puede aprobar o no. "Si se aprueba, luego se hace el seguimiento del cumplimiento de la pena", afirmó Cosidoy.
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