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 jueves, 19 de mayo de 2005  
A 10 años del golpe de los balseros boqueteros
Reclama $300 mil a la provincia tras pasar 32 meses en prisión
Es un ex policía apresado en 1995 por el robo de $515 mil al banco Provincial de Alberdi y Génova. Fue sobreseído en la causa por el beneficio de la duda

Sergio M. Naymark / La Capital

Entre las consecuencias que depara la morosidad de la Justicia provincial, hay una que puede llevar al Estado santafesino a afrontar el pago de 300 mil pesos en beneficio de un hombre que estuvo detenido 32 meses por un fabuloso robo ocurrido en 1995 y que finalmente fue absuelto por el beneficio de la duda mediante un fallo de la Cámara de Apelaciones de agosto de 2003. A 10 años de aquel hecho, el abogado del ex imputado presentó un recurso administrativo ante el Ministerio de Gobierno en el cual reclama una indemnización por el tiempo que su defendido pasó tras las rejas. De no prosperar dicha solicitud quedará abierta la instancia judicial y el perjudicado estará en condiciones de hacer el reclamo en los Tribunales ordinarios.

Ramón Domingo Silva es un ex policía provincial que fue detenido e imputado de ser parte de la banda que el 6 de octubre de 1995 robó 515 mil pesos de la sucursal que el Banco Provincia de Santa Fe tiene en avenida Alberdi y Génova. Para concretar el golpes, los ladrones navegaron unos 250 metros por el entubamiento del arroyo Ludueña hasta llegar a una pared lindante al sótano de la entidad crediticia. Allí hicieron un boquete en la pared que les permitió el acceso al edificio. Luego, los desde entonces llamados balseros boqueteros, redujeron al sereno y cuando a las 6.37 llegó un camión de caudales con el dinero, se alzaron con el botín y salieron por una puerta de servicio del banco para ascender a dos vehículos y huir del lugar.

Silva fue uno de los primeros detenidos por el atraco. En su casa los investigadores dijeron haber secuestrado 7 mil pesos y los atribuyeron a parte del botín. Sin embargo, quien entonces defendía al ex policía dijo que "quedó demostrado, con la documentación correspondiente, que ese dinero provenía de la indemnización que Silva cobró al ser jubilado por invalidez de la policía", donde tenía el grado de cabo 1º.

Según la investigación, Silva conocía el banco porque había cumplido servicios adicionales en la entidad y, además, allí cobraba mensualmente su jubilación. En tanto, un familiar de Silva había trabajado como albañil en el banco después que se desmoronara una pared como consecuencia del movimiento de suelos al entubarse el arroyo Ludueña. Ese pariente habría dicho al cabo que un hierro sobresalía hacia el canal entubado marcando el lugar donde se hallaba el tesoro. Dato que facilitó la apertura del boquete por la banda de ladrones.

Tras la detención, Silva pasó en prisión 32 meses. Durante ese tiempo, la causa fue investigada por el juez Carlos Alberto Triglia, quien procesó al ex policía por privación ilegítima de la libertad y robo calificado. Junto a Silva y con la misma imputación fueron procesados otros tres hombres mientras que seis personas más fueron acusadas de encubrir el fabuloso atraco. Tras la pesquisa judicial, el expediente pasó al juzgado de Sentencia número 3, a cargo de Luis Juan Giraudo, y recayó finalmente en la Sala II de la Cámara de Apelaciones. Allí, a Silva y a los otros nueve involucrados en el hecho, los sobreseyeron por el beneficio de la duda. El fallo se conoció en agosto de 2003 y coincidió con el que se había dictado dos años antes en primera instancia.


El reclamo
Ramón Silva fue liberado tras 32 meses de prisión. Durante todo ese tiempo sostuvo que nada tuvo que ver con el resonante robo y ahora, mediante un reclamo administrativo, quiere que el Estado provincial lo indemnice por eso.

Fue el abogado Marcelo José Agustoni quien en representación de Silva presentó ante el Ministerio de Gobierno santafesino el reclamo administrativo, un recurso previo a la demanda judicial. "Nosotros reclamamos la indemnización que le corresponde a mi defendido por la privación de la libertad sufrida durante todo ese tiempo y porque creemos que nunca hubo indicios para inculparlo" en el hecho en cuestión, manifestó el profesional en diálogo con este diario.

Agustoni remarcó que el reclamo está amparado en la ley provincial 7234 y su modificatoria, la 9040, que sostienen que previo a la demanda judicial debe recorrerse el camino administrativo. Ahora la provincia tiene 30 días hábiles para expedirse y en caso contrario podría tener 15 días más tras la presentación de un pronto despacho. Transcurrido ese período, Silva queda habilitado para iniciar el planteo ante un Tribunal Colegiado Oral.

"No reclamamos por el error judicial ya que en esta causa no hubo condena, sino por los daños ocasionados con la prolongada privación de la libertad", sostuvo Agustoni, quien dijo que al respecto hay tanta jurisprudencia que avala su posición como aquella que la niega.


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Para ingresar al banco, los ladrones navegaron por el entubamiento de Ludueña.

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