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 viernes, 14 de noviembre de 2003

Reflexiones
Reparación de los daños en accidentes de tránsito

Ana Capolarini Yennerich-María Emma Pafundi-Omar Benabentos

La reparación de los daños por lesiones y muerte de personas, provenientes de accidentes de tránsito, requiere de un delicado tratamiento por parte de los profesionales del derecho. Estos se ven convocados a involucrarse en el drama personal, familiar y social, de cada una de las víctimas que son afectadas en su integridad física o ven destruido su núcleo familiar. Algunas veces la fatalidad y, muchas otras, la imprudencia, impericia o negligencia de los conductores generan desenlaces trágicos.

Las personas que enfrentan estos cuadros se sienten frustradas e insatisfechas. El dinero no podrá nunca compensar el daño sufrido, pero deben realizarse todos los esfuerzos para obtener el mejor resarcimiento posible en favor de las víctimas. El abogado no puede solucionar el perjuicio provocado -esto es obvio- pero sí desplegar sus conocimientos y herramientas de que dispone para que pueda ser paliado al menos patrimonialmente.

En este sentido es una autoexigencia de los letrados representantes de los clientes realizar una minuciosa y previa labor de reconstrucción histórica, no tan sólo del momento del hecho dañoso, sino del entorno personal, familiar, social y cultural de los afectados. Para calibrar la adecuada reparación debida de los daños que encuentran su causa en los cotidianos accidentes que tienen lugar en la vía pública (en la República Argentina se registran más de 26 muertes por día y una tasa de morbilidad mucho más alta) se requiere de una alta especialización abogadil. Sólo la labor de especialistas logrará la justa composición de los perjuicios padecidos en cada caso puntual.

En una causa tramitada en jurisdicción de los tribunales con asiento en Junín de los Andes, provincia de Neuquén, se arribó recientemente a una transacción inédita -por su cuantía- en la región. Como consecuencia de un siniestro, un hombre de mediana edad sufrió severas lesiones que lo incapacitaron totalmente. En el mismo hecho falleció su esposa y madre de los tres hijos mayores del matrimonio. El acuerdo transaccional recientemente suscrito se acerca a una reparación de dos millones de pesos.

También en Rosario, los Tribunales de Responsabilidad Extra-Contractual y la Cámara de Apelaciones han sentenciado por cifras millonarias en supuestos de grandes incapacidades.

El éxito profesional obtenido habla a las claras de que cuando se logran acreditar los daños, los obligados al pago asumen en toda su magnitud la reparación integral de los mismos.

Entendiendo que el fin del abogado es el de auxiliar a sus clientes, éste se cumple cuando detrás de una tragedia al menos se indemniza a las víctimas alcanzando parámetros serios y que se corresponden con el daño causado.

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