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miércoles,
21 de
marzo de
2007 |
La Corte rechazó la pesificación
de depósitos judiciales en dólares
Son los fondos involucrados en expedientes que
se tramitan en los Tribunales del país
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los bancos devolver en dólares los depósitos judiciales que quedaron afectados por la pesificación, al encontrar irrazonable que sus titulares compartan "una pérdida" con una entidad crediticia que no eligieron.
En el fallo del máximo tribunal se resolvió que la medida alcance a aquellos depósitos ordenados por jueces en causas relativas al manejo de dinero perteneciente a personas insanas, menores bajo tutela estatal, juicios de divorcio, sucesiones, quiebras, entre otros casos.
En la sentencia votada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Carlos Fayt y Carmen Argibay, la Corte se apartó del criterio fijado en el "caso Massa", donde avaló la pesificación y ordenó la devolución de depósitos a 1,40 más CER más 4% de interés.
Según el fallo, esto se debió a que los ministros entendieron que ese precedente es "inaplicable para este tipo de depósitos" que tienen "como característica distintiva la finalidad de custodia".
Nueva mayoría
El fallo fue emitido gracias a la nueva mayoría de cuatro votos fijados para la Corte y contó con la disidencia de la ministra Elena Highton de Nolasco En tanto ni el ministro Enrique Petracchi ni su colega Juan Maqueda votaron sobre el caso
En el caso puntual que analizó este fallo, los ministros confirmaron una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que había dispuesto mantener en dólares estadounidenses fondos depositados como embargo en un expediente caratulado "EMM SRL contra TIA".
El dinero retenido por los bancos en concepto de depósitos judiciales abarca a conflictos generados por sucesiones, divorcios, bienes de menores bajo tutela estatal, de personas declaradas insanas, entre otros casos.
"Son los jueces quienes deben resolver el destino de los fondos, sin injerencia de ninguna otra autoridad", consigna la resolución en la que la Corte dirimió, a cinco años de la pesificación compulsiva de depósitos, el conflicto planteado en torno a los fondos colocados en los bancos por orden de los tribunales.
La Constitución otorga a los magistrados "el juzgamiento sobre el destino de los bienes litigiosos", por lo que ni los legisladores ni el Poder Ejecutivo pueden "decidir un pleito ni ejercer funciones relativas a la Justicia, y esa frontera existe tanto en tiempos de normalidad como de emergencia", sentenció el tribunal.
En Santa Fe
Estos depósitos están concentrados en los bancos estatales o que actúan como agentes financieros de los Estados En la provincia los fondos involucrados en causas que se llevan adelante en Tribunales provinciales son depositados en el Nuevo Banco de Santa Fe NBSF Fuentes judiciales señalaron que en Rosario alcanzarían a unos 100 millones de pesos
El caso que llegó a la Corte derivó de un litigio que involucra a fondos depositados en el Banco Ciudad de Buenos Aires, que pidió la pesificación de esos depósitos por entender, al contrario del fallo de la Corte, que esos fondos forman parte del sistema financiero porque en muchos casos están depositados en plazo fijo.
En el ámbito de la provincia, una famosa disputa por depósitos judiciales se dio entre la Sindicatura que tramita la quiebra del ex BID y el Nuevo Banco de Santa Fe por la distribución de 4,5 millones de dólares recaudados por vía de la realización de activos de la entidad caída durante el efecto Tequila. l
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La Corte Suprema estrenó la nueva mayoría con el fallo que rechazó la pesificación de depósitos judiciales.
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