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miércoles,
02 de
agosto de
2006 |
Defensa del Consumidor dio recomendaciones a quienes pagan expensas
Buenos Aires.-La Subsecretaría de Defensa del Consumidor difundió hoy una serie de recomendaciones para las personas que deben pagar expensas, que van desde cómo deben liquidarse hasta la limpieza de los tanques de agua, pasando por la forma en que se debe sacar la basura.
En un comunicado difundido hoy por el Ministerio de Economía, se dieron a conocer algunas “recomendaciones para vecinos de edificios de propiedad horizontal que deben pagar expensas”, elaboradas de acuerdo con la normativa legal.
El comunicado señala que “todos los gastos que conforman la liquidación de expensas (incluidos los honorarios de administración) deben estar correctamente identificados (número de factura; descripción detallada de la prestación; para los servicios, el período; de tratarse de seguros, tipo y número de póliza)”.
Con respecto a los deudores de expensas, se indica que “deben estar detallados por nombre, número de unidad, monto de la deuda e intereses punitorios (con una descripción de la fórmula de cálculo)”.
Acerca de los datos del administrador, se precisa que “debe figurar en la liquidación, el número de CUIT del administrador, su domicilio y teléfono”.
Sobre las asambleas, “se sugiere exigir la realización de asambleas anuales ordinarias (se recomienda enfáticamente asistir) y que en ellas el administrador presente los seis libros de consorcio obligatorios (actas, propietarios, administración, registro de empleados, órdenes y ascensores rubricados por la GCBA)”.
En cuanto a las cargas sociales, “se recomienda exigir periódicamente los certificados de pago de las cargas sociales del encargado del edificio al administrador”.
El comunicado dedica un párrafo a los seguros contratados por el consorcio, en el que recomienda “exigir periódicamente los certificados de pago de seguros del edificio y ART al administrador”.
En relación con los fondos de reserva, “se recomienda exigir documentos que certifiquen la cuenta bancaria en la que se encuentran depositados, controlando montos depositados, montos extraídos, intereses acreditados y modificaciones en la titularidad. Es conveniente que los fondos sean manejados por el Consejo de Administración que para ello contará con una cuenta bancaria a nombre del consorcio y donde podrán debitarse automáticamente los servicios,
incluidos los honorarios del administrador)”.
El texto también se refiere a cuestiones de mantenimiento del edificio y señala que “los matafuegos deberán llevar una chapa con las características firmemente adherida a él, donde estarán impresas en relieve o grabadas las indicaciones”.
Acerca de la protección contra incendios, se recuerda que el Código de Edificación expresa que “en todo edificio o conjunto edilicio que se desarrolle en un predio de más de 8.000 m2 se deberán disponer facilidades para el acceso y circulación de los vehículos de servicio público contra incendios”.
Con respecto a los tanques de agua, se indica que “la limpieza de tanques de agua destinada a consumo humano es obligatoria semestralmente, en inmuebles que consten de más de una unidad de vivienda”.
Sobre los ascensores, se indica que “todo edificio que cuente con instalación de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, rampas móviles y guarda mecanizada de vehículos, dispondrá obligatoriamente de un servicio de mantenimiento y asistencia técnica para su atención, debiendo llevar un libro de inspección rubricado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que deberá estar permanentemente en el edificio a disposición del inspector municipal”.(DyN)
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