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 martes, 07 de febrero de 2006  
Una clínica debe indemnizar a una beba quemada al nacer

Una clínica privada porteña deberá pagar una indemnización de casi 140.000 pesos a una familia por una grave quemadura que sufrió una niña en una pierna poco después de nacer, de la cual se responsabilizó a quienes la atendieron tras el parto.

La sentencia fue dictada contra la Clínica del Oeste y el médico neonatólogo que asistió a la pequeña poco después del parto, debido a que la sala H de la Cámara Civil porteña entendió que tuvieron una conducta "desaprensiva" e incluso intentaron ocultar el hecho.

La causa, por daños y perjuicios, se inició luego de que los padres de la niña fueron advertidos por un pediatra que una lesión que presentaba la beba, de 12 por cuatro centímetros, habría sido causada a poco del alumbramiento. La nena nació el 17 de octubre de 1992 y ese mismo día el neonatólogo Jorge E. F. registró en la historia clínica que presentaba una lesión ampollar, sin dar otros detalles.

Cuando la chiquita tenía 17 meses, un perito que la revisó determinó que la cicatriz era resultado de "una quemadura (de tercer grado) con curación", que pudo ser generada "por un elemento químico o cualquier fuente productora de calor".

También señaló que "pudo producirse por un elemento caliente, como estufa o lámpara, o pudo ser una quemadura química hecha con una sustancia como el iodo o algún ácido" y que se trató de "una lesión de carácter grave". (Télam)
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