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 domingo, 10 de abril de 2005  
La intuición y el prejuicio como saber técnico

Hernán Lascano / La Capital

Primero lo primero. El asesinato del sargento Orlando Martínez es tan afligente como irreparable y sus autores no merecen sino la condena que la ley prevé para semejante delito. Pero señalar situaciones previas a su crimen no supone proteger a sus asesinos. Hasta ahora sólo se sabe que el sargento recibió un tiro pero no quién lo produjo. Hay un proceso en curso contra dos detenidos que niegan ser los autores y las pruebas que los incriminan son hasta ahora débiles, discordantes y contradictorias. Basta ver el expediente.

Revisar la secuencia que terminó en el asesinato de Martínez no implica culparlo a él por su fatal destino. Pero sí puede servir para discutir, de manera constructiva, aspectos vigentes de la acción policial polémicos no para un periodista sino para vastas corrientes de opinión jurídica.

Si se afirma que alguno de los sujetos que iban en la bicicleta estaba armado y que la labor policial apuntaba a desarmarlos esto habría surgido en el sumario judicial. Nada de eso hay allí. Los tres compañeros de Martínez coinciden en decir que lo que los indujo al procedimiento fue la sospecha abierta sobre los sujetos. ¿En qué se fundaba la sospecha? Según ellos dicen, en el barrio donde transitaban y en su condición social inferida de la vestimenta y el color de la piel.

Si los policías presumían que los sujetos estaban armados no necesitaban hacer prevención -identificar- sino reprimir -operar el arresto-. Habría existido la presunción del delito "portación de arma". La acción represiva policial se habría legitimado en el propósito de hacer cesar un delito porque la conducta, en ese caso, transita por un claro tipo penal que la sociedad cuestiona.

No se puede decir que la prueba de que la sospecha era atinada es la lamentable circunstancia de que Martínez acabara baleado. Este resultado no prueba que el operativo de origen fuera inobjetable. Los policías no dicen saber que los agresores estaban armados -incluso eso queda en evidencia porque ponen su móvil a la par con la bicicleta- sino que los detienen por la apariencia. Y los actos se juzgan por la coyuntura temporal en la que se despliegan y no retroactivamente. De otro modo se podría detener a cualquiera por lo que pudiera hacer el año que viene.


Cambiar algo y que nada cambie
No es cierto que las detenciones para averiguar antecedentes no se practiquen hace 20 años. Sí es verdad que esa ley se enmendó en 1998. Tanto como que son numerosos los juristas que sostienen que esa fue una alteración semántica que sigue habilitando arbitrariedades. La ley orgánica de policía dice, en su artículo 10 bis, que la policía no podrá detener o restringir la libertad corporal de las personas sino por orden de autoridad competente. Pero la excepción que establece -"salvo cuando hubiere sospecha o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilicíto"- induce a un uso desviado de la norma. Esta facultad policial de demorar para identificar y ahora averiguar si pesa pedido de captura sobre el demorado se convirtió en la herramienta habitual para realizar arrestos sin causa.

Decir que quien disparó contra Martínez no estaba haciendo nada ilegal no es falso: es el hacer de los sujetos previo al acto policial de identificarlos lo que se juzga como no ilegal, porque a nadie se le ocurriría que dos personas que se trasladan en bicicleta al mediodía por una zona asfaltada de un barrio van contra el derecho. Y ninguno de los empleados policiales se acercaron por presunción de ilegalidad porque si no lo habrían declarado. Lo hicieron desde una construcción subjetiva cargada de contenido discriminador -vestimenta, color de piel, barrio pobre- que es la misma que se usa para someter a gran cantidad de personas, que no están delinquiendo, a partir de prejuicios. Personas que la inmensa mayoría de las veces no reaccionan como lo hizo uno de los ciclistas.

Aquello de que "no molesta a nadie" detener a alguien en la vía pública "dos o tres minutos" para identificarlo es aceptable. Sólo si ocurriera en todos los casos. Pero ese enunciado es una abstracción. En la práctica suele ser el primer paso para llevar a personas hasta un puesto policial por presunciones a menudo antojadizas. Lo concreto es que -merced a esos prejuicios sobre la apariencia o la ropa- tiene más chances de ser tratado con esa corrección un vecino de barrio Martin que otros de Villa Banana o Ludueña. Así el primero tenga prontuario y los segundos no. Las detenciones para identificación, además, las hacen policías concretos. Un acompañante de Martínez era un oficial procesado, dos meses antes, por provocar una lesión genital gravísima a un joven de 18 años. A ese joven lo habían detenido sin causa, fue castigado y debieron extraerle un testículo. El criterio de ese oficial procesado ahora es el parámetro para establecer la sospecha contra un individuo.

La democracia no autoriza a intuir el delito sino a actuar sobre él. Si una persona se agazapa detrás de un árbol y mira con insistencia una casa hay un tipo penal en el Código de Faltas -actos turbatorios- que habilita a reprimir. Se interviene, entonces, no por una sospecha sino por una conducta que encaja en un tipo penal. Entonces el infractor tiene garantías. ¿Pero qué garantías tiene aquel sobre el que se descarga la sospecha porque usa musculosa, tiene un tatuaje o es morocho?

Eugenio Zaffaroni, objetor de la legitimidad de este tipo de norma, es un tratadista de prestigio internacional. Llegó a la Corte Suprema tras un impecable procedimiento institucional que incluyó vastas audiencias públicas en el Congreso Nacional. No son muchos los que podrían fundamentar que es un jurista poco serio.

Orlando Martínez, un hombre apreciado en su barrio y amado por su familia, fue asesinado por personas a quienes la ley debe imponer su merecido. Pensar que esta discusión busca atacar o menoscabar su memoria es falso y amañado. Sobre la condenable muerte de un empleado policial no puede erigirse, no obstante, el pedido de acallar el debate sobre una atribución polémica y cuestionada.
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