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 miércoles, 30 de marzo de 2005  
La Corte facilita reajustes a unos 12 mil jubilados

La Corte Suprema benefició a miles de jubilados que podrán cobrar reajustes o haberes mal liquidados, al declarar inconstitucional ayer el artículo de una ley que facultaba a la Ansés a apelar en ese tribunal fallos a favor de los demandantes, algo que derivó en demoras "inadmisibles", según advirtieron los ministros.

Se trata del artículo 19 de la ley de seguridad previsional, sancionado en 1995, y al que la Corte tildó de "irrazonable" y "discriminatorio". De ahora en más, la Cámara de Seguridad Social será la última instancia de apelación de fallos por vía ordinaria en temas previsionales, que dicten los juzgados del área.

Si bien el veredicto se refiere a un caso particular, el de la jubilada Mabel Itzcovich, la Corte sentó un precedente que se proyectará a unas 12 mil causas que tuvieron fallos en la Cámara de Seguridad Social y fueron apeladas ante el máximo tribunal. El fallo de la Corte abarca a demandas ordinarias, por lo cual tanto los jubilados y pensionados como la Ansés mantendrán la posibilidad de presentar recursos extraordinarios.

Sin embargo, estos recursos en muchos casos no impiden que se ejecute la sentencia, por lo cual quienes obtengan fallos a su favor en la Cámara, igualmente cobrarán el dinero. Desde la Ansés se detalló que el organismo tenía "la obligación de apelar siempre" y que con este fallo "se destrabarán muchos casos pendientes de resolución".

Por mayoría, la Corte consideró que el artículo 19 de la ley 24.463 fue contrario a garantías constitucionales, en votos emitidos con distintos fundamentos.

El presidente de la Corte, Enrique Petracchi, y los jueces Carlos Fayt y Elena Higthon de Nolasco consideraron que el artículo cuestionado fijaba una "dilación inadmisible" en la satisfacción de necesidades relacionadas con el derecho alimentario. Y dijeron que la norma fue "irrazonable" para atender los reclamos de un sector de la sociedad "cuya satisfacción depende del oportuno cumplimiento de las prestaciones". Con igual tenor votaron Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay, aunque esta última destacó que la sentencia debía ceñirse sólo a la demanda de Itzcovich. Maqueda y Zaffaroni integraron también el voto mayoritario.
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