| sábado, 13 de noviembre de 2004 | Ley de lemas Si bien la derogación de la repudiada ley de lemas es un avance hacia la transparencia de la democracia, no queda clara la intencionalidad por la cual se agrega al proyecto un artículo por el cual se establece que para la elección de candidatos a cargos legislativos y/o ejecutivos, los partidos políticos son obligados a efectuar internas abiertas, obligatorias y simultáneas, sistema electoral éste que, salvo basamento legal que lo sustente, se contradice con normas de nuestra Carta Magna que establece: "Que la Constitución nacional garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, que los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático, su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a la Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento, la representación de las minorías y la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, como también se les reconoce rango constitucional esclarezcan a la ciudadanía si el sistema político en cuestión se ajusta, avasalla y/o desnaturaliza normas constitucionales citadas, con el agregado de que cada provincia dictara para sí una Constitución bajo el sistema representativo y republicano de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías que acuerda la Constitución nacional. El pueblo santafesino esperaba ansioso que los representantes del pueblo tuvieran la grandeza, la honestidad y la ética necesarias para instrumentar y convertir en ley de revocatoria del poder que otorgara para representarlo en la función pública en todos los niveles.
Roberto A. Castillo
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